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 domingo, 31 de diciembre de 2006  
Historias
Pesificación: medida que desató la ira

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró esta semana constitucional la pesificación de los depósitos, 1.850 días después de que el ex ministro de la Alianza Domingo Cavallo, impusiera en los primeros días de diciembre de 2001 el corralito financiero, preámbulo de la crisis que dio por tierra con el gobierno de Fernando de la Rúa.

Treinta y seis días después de la puesta en marcha del corralito, el 8 de enero de 2002, ya con Eduardo Duhalde como presidente y Jorge Remes Lenicov al frente del Palacio de Hacienda, el gobierno dispuso la pesificación y reprogramación de los depósitos en dólares, a través del decreto 214/02.

Paralelamente, comenzaron a surgir las primeros acciones legales contra las disposiciones del gobierno, a pesar de la feria judicial y la escasa información que había al respecto.

Además, por esos días, numerosos grupos de ahorristas se juntaban en el microcentro porteño y en varias ciudades del interior del país para realizar sus reclamos, los cuales se amplificaron con la aparición en escena del humorista Nito Artaza, quien sin dejar de lado su actividad como actor y productor, se sumó al pedido de los depositantes.

Tras la feria judicial de enero, el 1 de febrero de 2002 la Corte Suprema de Justicia -con una composición distinta a la actual- declaró inconstitucional el decreto 1570/1 que creó el corralito e invalidó en su totalidad la sucesivas disposiciones dictadas a partir de esa norma. Consideró que el corralito violaba los artículos 17 y 18 de la Carta Magna porque desconocía el derecho de las personas a disponer libremente de su patrimonio y sostenía que la reglamentación era "irrazonable" ya que "no importa una simple limitación a la propiedad sino su aniquilamiento". Además argumentó la violación de la propiedad privada y resolvió en el tema de fondo en la causa en la que un particular, Carlos Antonio Smith, obtuvo un fallo favorable de la justicia Federal de Corrientes, que lo había autorizado a retirar el total de un depósito a plazo fijo ya vencido en el Banco Galicia.

En febrero y marzo de 2002, ya con el levantamiento de la feria judicial comenzaron a cobrarse algunos amparos, situación que entusiasmó a los ahorristas, quienes continuaron con más intensidad con sus reclamos, a pesar de la negativa de los bancos.

En medio de los reclamos se sucedían los intentos del gobierno de Duhalde por frenar los reclamos, con la sanción de la ley antigoteo 25.587, del 25 de abril del 2002, y el decreto 1316/02, del 23 de julio de ese mismo año, que pretendía parar el pago de amparos.

Los reclamos de los ahorristas también llegaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y recién en 2003, la Corte falló a favor de un reclamo presentado por la provincia de San Luis contra la pesificación.

Finalmente, el 26 de octubre del 2004, en el caso Bustos, la Corte se pronunció a favor de la constitucionalidad de la pesificación y aseguró que "la propiedad está a salvo" con las condiciones de reintegro dispuestas por el Estado de 1,40 peso más CER por dólar.

Este último fallo fue emitido por la renovada Corte cuyos integrantes son los mismos de la actualidad, a excepción del destituido Antonio Boggiano, quien debió soportar un juicio político encarado por el Congreso.
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