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 domingo, 25 de noviembre de 2007  
Anulan causa contra una joven por un mal procedimiento
Fue detenida en 2006 en la Terminal, donde la indujeron a confesar que traía cocaína en su cuerpo

María Laura Cicerchia / La Capital

Un tribunal federal rosarino anuló la causa contra una joven boliviana acusada de transportar pilas de cocaína en el estómago al detectar gruesas irregularidades en el procedimiento policial. Los jueces dejaron sin efecto la acusación porque la chica fue forzada a declarar en su contra, y sancionaron a un policía que dispuso una invasiva práctica médica para detectar si transportaba droga en su cuerpo.

   Esa medida fue ordenada en octubre de 2006 por efectivos de la ex División de Drogas Peligrosas de la provincia con el afán de comprobar si una joven boliviana de 18 años detenida en la terminal de ómnibus Mariano Moreno había ingerido cápsulas de cocaína. Sin orden judicial, fue anestesiada y sometida a una exploración intestinal presenciada en el quirófano por el mismo oficial que comandaba el operativo.

   Por la violación a la intimidad de la joven y a su elemental derecho de defensa que eso representó, los jueces del Tribunal Federal Oral Nº 2 reprendieron al comisario Fernando Scabuzzo, entonces jefe de Inteligencia de Drogas Peligrosas en Rosario. La situación fue informada a la policía de la provincia, con copia de las actuaciones, para que se tome nota de lo ocurrido a nivel administrativo.

   

Recomendación. En el fallo, cuyos fundamentos se conocerán mañana a las 20, los jueces Jorge Venegas Echagüe, Beatriz Caballero de Barabani y Omar Digerónimo le solicitaron al jefe de la policía santafesina que el personal a su cargo “se abstenga de presenciar prácticas médicas invasivas de la intimidad o privacidad de los pacientes, más aún cuando se trate de una persona del sexo opuesto”.

   La defensora oficial de la joven, Matilde Bruera, entiende que el dictamen sienta un precedente nacional por el amparo que brinda a los derechos de los detenidos. Y, por sus implicancias respecto de los derechos de la mujer, remitió una copia a la Comisión de Género de la Defensoría General de la Nación.

   “Lo más trascendente es la decisión de proteger las garantías del imputado para evitar abusos policiales. Es un precedente importante en la preservación del derecho a la intimidad y la dignidad de la persona. Y refuerza los derechos consagrados en la convención contra la eliminación de toda forma de violencia contra la mujer”, analizó Bruera, quien durante el juicio reclamó la nulidad del proceso que se le siguió a Susan V., la chica apresada ni bien pisó suelo rosarino el 4 de octubre de 2006.

   Susan arribó a la terminal de ómnibus de Rosario en un micro procedente de Salta. La joven, hija de un maestro rural y una enfermera, vivía en la ciudad boliviana de Santa Cruz de la Sierra, donde luego de completar el secundario trabajó como secretaria de una editorial.



Acorralada. Al llegar a la estación entró a un locutorio y allí, con una agenda en la mano, fue apresada como una supuesta “mulita”. La policía informó entonces que la chica se puso “muy nerviosa”, admitió que llevaba 40 pilas de cocaína en el estómago y debió ser internada para evacuarlas, dado que el riesgo para quienes transportan droga en su cuerpo es muy alto: si estallan las cápsulas sobreviene la muerte en el acto por sobredosis. Allí mismo, cerca de la parada de taxis, fueron detenidos dos hombres en moto que supuestamente habían ido a esperarla.

   La policía justificó el procedimiento en un “llamado anónimo”. Dijo que seguían la pista de dos distribuidores de drogas de Granadero Baigorria apresados tres meses antes, cuando también arrestaron a dos ciudadanos bolivianos con 23 pilas de cocaína en sus cuerpos en un hotel de Rosario.

   Un primo del supuesto cabecilla de esa banda, Lucas R., fue uno de los acusados de esperar a la joven boliviana con la presunta intención de recibir la droga. Fue el único de los tres que al término del juicio oral acabó con una pena de prisión. Le dieron dos años por tenencia de estupefacientes. El otro acusado fue absuelto por falta de pruebas. El procedimiento contra Susan fue declarado nulo y la joven recobró la libertad tras pasar un año en prisión.



Confesión forzada. Cuando la arrestaron, Susan fue conducida al destacamento policial de la terminal de ómnibus. La chica reveló que allí fue interrogada y amenazada por dos horas. “Agradecé que te agarramos nosotros, porque si te agarra otro directamente te abre la panza”, contó que le advirtieron. Dijo también que declaró “cualquier cosa” para que dejaran de presionarla. “No me voy a olvidar en mi vida de lo que pasé y sufrí en ese interrogatorio”, sostuvo en el juicio.

   Los testigos civiles de la requisa que le practicaron allí reconocieron que incluso fue interrogada delante de ellos. Según Bruera, eso es ilegal. La Constitución Nacional dice que nadie puede ser obligado a confesar y prohíbe el interrogatorio policial.



La inspección del cuerpo. Pero el verdadero calvario de la chica llegó después. Estuvo 15 días internada en el Hospital Provincial con custodia permanente. Fue sometida a diversos estudios médicos que requirió la policía. Le hicieron radiografías y era visitada diariamente por el oficial a cargo del caso. La policía comunicó entonces a este diario que una radiografía “detectó en el abdomen unas 40 pilas que presumiblemente contenían cocaína”, pero a pesar de la vigilancia constante sólo se reportó la aparición de tres pilas en el desagüe de un inodoro.

   Lo más irregular fue la intervención quirúrgica solicitada por la policía. Desnuda y bajo los efectos de una anestesia total, Susan fue sometida a una exploración intestinal presenciada por el mismo Scabuzzo. El oficial lo admitió sin reparos al declarar en el juicio.

   Para Bruera, someter a la joven una práctica médica sin orden judicial también fue una forma de obligarla a autoincriminarse: “Una orden judicial jamás hubiera violado la dignidad y el pudor de una mujer menor de edad, con los riesgos de infección intrahospitalaria de semejante intervención. Esto es aplicación de tratos crueles y degradantes y una violación a los derechos más fundamentales de la mujer”, opinó.


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Los jueces del Tribunal Oral Nº 2, Omar Digerónimo, Jorge Venegas Echagüe y Beatriz Caballero.

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