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domingo,
25 de
junio de
2006 |
El calvario de un hombre, víctima
de una bala y la morosidad judicial
Hace 18 años perdió una pierna como consecuencia de un balazo policial. El efectivo fue sobreseído por la
prescripción de la acción penal. La demanda civil aún sigue tramitándose en los voluminosos expedientes
Andrés Abramowski / La Capital
Daniel Enrique Baffo estaba con un grupo de amigos en una parada de colectivos de Granadero Baigorria cuando una bala en su pierna le cambió todo para siempre. Un policía de franco, que según algunos testigos parecía estar borracho, había disparado contra el grupo porque los jóvenes supuestamente estaban molestando a unas chicas y luego lo insultaron. Esas actitudes habrían desencadenado lo que el mismo policía calificó como un momento de "locura y rabia". El resto lo hizo la burocracia judicial: hace apenas 18 años que Baffo, entonces veinteañero y actualmente padre de tres hijos, vive como puede con una pierna menos producto del accionar de un policía que ya tenía antecedentes por su comportamiento violento.
Sin embargo, por esas cosas que sólo se explican mediante mecanismos que no hacen otra cosa que horadar la relación entre la sociedad civil y la Justicia, el agente fue sobreseído porque la causa penal prescribió, aunque ningún juez evaluó que hubiera sido inocente. Y Baffo, a quien un juez de Sentencia favoreció con una indemnización de 105 mil pesos, aún no cobró un peso porque la provincia entiende que no debe pagarle ya que la víctima -en términos del expediente, el "actor civil"- no hizo el reclamo administrativo en tiempo y forma correspondiente. Por eso, ahora el muchacho baleado espera una resolución de la Cámara Penal para que se expida sobre un pedido de resarcimiento de un millón y medio de pesos.
El 26 de marzo de 1988 Baffo recibió una bala que quedó alojada en la articulación de su rodilla derecha, lo cual le ocasionó una fractura de fémur y una severa compresión vásculo nerviosa. La consecuencia de la lesión fue la amputación de la pierna en el Hospital Militar de Buenos Aires. En realidad esa fue una de las consecuencias: el joven no pudo trabajar más de mozo y tuvo muchas dificultades para obtener otro trabajo. "Recibe ayuda de la Municipalidad de Baigorria, de vecinos y parientes. Pero en esta sociedad, para un discapacitado no sólo es difícil trabajar sino también vivir", consideró el abogado del joven, Rodolfo Meyer, para quien ese disparo, "además de una pierna, le quitó la posibilidad de ganar su sustento más dignamente".
"¿Qué hiciste, Sapo?"
Eran casi la 0.30 de esa noche de 1988 cuando Daniel cayó ensangrentado. Según testimonios que se repitieron a lo largo de diez años en Tribunales, todo comenzó cuando algunos de los amigos de Daniel se encararon a dos chicas que esperaban un colectivo sobre la ruta 11. Al parecer, algunos se pusieron medio pesados y ellas se asustaron. Una de las jóvenes les dijo que llamarían a la policía y así lo hicieron. Fueron a buscar a un agente que conocían y vivía a media cuadra. Entonces, Raúl Andrés Cendra y su concubina acompañaron a las chicas hasta la parada del micro. Según una de ellas, la custodia generó más bromas, pero no agresiones. Una vez en el ómnibus, mientras pagaban el boleto, las dos escucharon el disparo de un arma de fuego.
Las versiones difieren en algunos detalles. Un amigo de Baffo escuchó que Cendra dijo "ya van a ver hijos de puta" y tiró al montón. Otro creyó ver que la bala había rebotado contra el pavimento, pero eso fue desacreditado por un relevamiento policial. Un hombre que desde la terraza de su casa vio tirar a Cendra dijo que "siempre andaba disparando" y que "la mujer que lo acompañaba se esforzó para bajarle el brazo". Un amigo de Baffo, que conocía al policía por su apodo, le preguntó: "¿Qué hiciste, Sapo?".
Cendra -quien falleció hace un tiempo- dijo primero que los jóvenes lo insultaron y que, preso de un "momento de locura y rabia", sacó su arma reglamentaria y tiró, aunque no pudo precisar si lo hizo "al aire, al piso o dónde, ya que me hallaba cegado". Sin embargo, luego pidió hacer una aclaración: "Veo que se me viene la patota, entonces saco el arma y cuando quiero poner la bala en la recámara se me escapó el tiro", dijo el policía.
Para algunos, Cendra -quien ya afrontaba otra causa por amenazas y abuso de armas contra un pibe en un bar- estaba borracho, pero para otros no. En lo que sí coincidieron, incluso las chicas que en un primer momento le habían pedido ayuda, fue en que nunca hubo una patota ni algo parecido en escena.
Cendra fue imputado y procesado por amenazas, abuso de armas y lesiones gravísimas. De la causa no se desprenden elementos que acreditaran su inocencia, pero ésta de alguna manera quedó plasmada cuando en marzo de 2005 fue sobreseído por prescripción de la acción penal en virtud del "exceso de tiempo fijado por el artículo 62 del Código Penal, de acuerdo con las previsiones del artículo 59 inciso 3º del mismo cuerpo legal". ¿Qué había pasado en esos 17 años legalmente suficientes para que la causa prescribiera en su aspecto penal? Errores, irregularidades, confusiones, chicanas jurídicas, parsimonia, saturación de causas, ferias de verano e invierno, olvidos y otros incisos del sistema judicial que escapan a la comprensión de un lego en la materia, incluso de alguien que perdió una pierna en un hecho tan desafortunado como claro.
Hecha la ley
Lo paradójico es que ese mismo fallo del juzgado de Sentencia Nº3 consideró a Cendra como responsable de las lesiones de Baffo y lo condenó, "en forma conjunta y solidaria con la provincia de Santa Fe", a resarcirlo con 105 mil pesos por "daño emergente, lucro cesante y daño moral".
La provincia alegó que no estaba comprobado que Cendra hubiera actuado en cumplimiento de sus funciones específicas, por lo cual la responsabilidad no podía trasladarse al Estado. Pero el fallo rebate ese argumento citando el Código Civil y diversa jurisprudencia que indica que "el poder de policía de seguridad estatal impone a sus agentes la preparación técnica y psíquica adecuada para preservar racionalmente la integridad física de los miembros de la sociedad y sus bienes". Para el juez no importó que Cendra "haya estado de franco, ya que una exigencia del policía es portar el arma permanentemente y el delito imputado solo fue posible en la medida en que derivó de dichas exigencias".
Tarde
El caso se encuentra actualmente a consideración de la Sala Nº2 de la Cámara Penal. Es que tanto el Estado como la víctima apelaron la sentencia. La provincia pidió la nulidad del fallo y alegó que el proceso penal estuvo plagado de irregularidades "que se fueron solucionado sólo debido a nuestra buena fe y sin otras consecuencias para el actor civil que la excesiva demora de la causa, que para nada puede atribuirse" a la provincia "sino a la propia desidia y negligencia" de la otra parte, es decir, de Baffo.
Ese argumento se justifica en sucesivas falencias de forma que llevaron a la provincia a considerar "inadmisible la demanda" por "falta de reclamo administrativo" y a plantear "la prescripción resarcitoria porque la víctima recién se constituyó como actor civil en junio de 1990, una vez vencido el término de dos años que contempla el Código Civil". Al parecer, la provincia se enteró tarde de lo que había pasado con un empleado suyo esa noche de 1988 en Granadero Baigorria. Y fue porque no le avisaron.
Es paradójico que el Estado, que no pudo evitar -según el fallo de primera instancia- que el muchacho perdiera una pierna a manos de un empleado al que le dio un arma de fuego, exhiba entre sus argumentos una formal falta de celeridad de la víctima para el reclamo. "Lo siento señor, llegó tarde, vuelva el martes, porque el lunes es feriado", sería la consigna.
Y Baffo, en su papel de "actor civil in eternum" que el sistema judicial le concedió, también apeló la sentencia. Su abogado, Rodolfo Meyer, consideró que la cifra dictaminada no era suficiente, sin omitir que cualquier indemnización siempre será exigua en proporción con el daño causado".
Para el representante de Baffo, el joven no pudo seguir trabajando más a partir de ese suceso y estos años los ha vivido gracias a la solidaridad de allegados e incluso funcionarios de su ciudad. Según el cálculo de Meyer, Baffo debe recibir "todo lo que no pudo ni podrá percibir como trabajador hasta la fecha". En este sentido, solicitó 690 mil pesos por daño emergente y lucro cesante, y 400 mil más por el daño moral, ya que "el calvario de Baffo empezó el día que recibió esa bala y continuará para siempre". El total reclamado asciende a 1.540.000 pesos.
"Este chico -consideró Meyer- es una víctima de las miles de un sistema judicial que no está adecuado a la realidad y que cae religiosamente en injusticias".
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