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domingo,
28 de
octubre de
2007 |
El cambio normativo
Las cajas de crédito cooperativas son entidades que operan una amplia gama de servicios bancarios a partir de dos que son esenciales: la cuenta a la vista girada con letras de cambio compensables en cámara y los préstamos de menor cuantía.
A diferencia de los bancos, operan en el mercado local y regional, y no en el mercado globalizado, ni con moneda extranjera ni instrumentos especulativos.
Están orientadas al mercado transaccional y de reciprocidad y no al mero intercambio equivalente. Estas entidades fueron suprimidas por la ley 21.526 de la dictadura.
En 2003 la ley 25.782 (conocida como ley Polino) les retituyó lo que Martínez de Hoz les había quitado: la posibilidad de tener cuentas a la vista y contra ellas girar letras de cambio.
Pero a su vez esta ley les imponía restricciones como la de tener casa única, limitaba la posibilidad de recibir depósitos en plazo fijo hasta 10.000 pesos (una posterior reglamentación del Banco Central amplió un poco esos límites y los de préstamos) y obligaba a socio a suscribir como capital accionario 200 pesos.
La ley 26.173 sancionada el año pasado tiende a corregir estos limitantes sin perder el espíritu cooperativo y regional. Flexibiliza la operatoria y también les exige mayores capitales. Con la ley 25.782 tenían una exigencia inicial de 100.000 pesos hasta 1.000.000, según su radicación geográfica. En cambio, con la actual ley 26.173 parten de una exigencia inicial de 1.000.000 de pesos hasta 6.000.000.
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