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 domingo, 28 de enero de 2007  
La ley como piso

Horacio Zamboni

Según el Ministerio de Trabajo de la Nación, el promedio de los salarios de los trabajadores registrados, o en blanco, llegaba a mediados de 2006 a 1.546 pesos mensuales (incluyendo horas extras, premios, etcétera), mientras que el de los llamados trabajadores en negro, se estima en general, era de 900 pesos y el promedio general de 1.200 pesos.

Para cubrir las necesidades de cualquier trabajador con cargas de familia, según la definición del salario mínimo y vital de la ley de Contrato de Trabajo, a fines de 2006, se necesitaban 2.151 pesos mensuales para un peón, que es la categoría menor, utilizada para ese cálculo. (1)

Si los aumentos que se suponen para las negociaciones de las paritarias de 2007 resultan de la inflación atrasada de 2006 más un 2% (que pide la Unión Industrial) los trabajadores convencionados, de mantenerse constante el aumento anual del 2% sobre la inflación, necesitarán de 20 años para llegar a un salario que cubra las necesidades del trabajador con cargas de familia.

La ley de Contrato de Trabajo en su artículo 116 define el salario mínimo vital, para el trabajador soltero, pero hoy los distintos salarios familiares son irrisorios, por lo que debe calcularse como en 1945, cuando nace el salario mínimo vital, es decir con cargas de familia y que "es la menor remuneración que... asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión".

La brecha hoy es de un 40% entre el promedio del salario registrado con el cálculo que responde al concepto de la ley de Contrato de Trabajo, y así resulta que: 40 dividido dos es igual a 20 años. Para el promedio general del país, se necesitarán casi ¡40 años! Pues la brecha es de 79% (1.200 pesos frente a 2.151 pesos) y para los trabajadores en negro... casi ¡70 años!

La última reunión del Consejo Nacional, que fija el salario mínimo vital y móvil, se hizo el 27 de julio de 2006, de modo que ya transcurrieron los seis meses que fija la ley para una nueva reunión.

A dos años y medio de la primera reunión ese Consejo debe cumplir con su obligación y estimar el salario de acuerdo a su definición legal sino, como hasta ahora, será el mercado el que continuará fijando el salario mínimo por una suma mucho más baja que la que cubriría las necesidades.

Los trabajadores deben exigir ese cumplimiento, de lo contrario continuará el deterioro físico y espiritual, no sólo de los adultos, sino, lo que es infinitamente mas grave, el de los niños y jóvenes, con deficiente crianza y casi nula educación.

Veinte, cuarenta ó setenta años, para el caso es lo mismo, es demasiado tiempo, pues nuevas generaciones resultarán irrecuperables para la sociedad. Mientras tanto, empresas con superganancias, como la aceitera Louis Dreyfus & Cía, les contestarán a los trabajadores, como ésta al sindicato aceitero de Rosario: "Es absurdo partir del cálculo del salario mínimo según la ley de Contrato de Trabajo".

Claro, ellos pretenden mantener sus superganancias garantizadas o congeladas (según el decir de la ministra de Economía, Felisa Miceli), que resulta lo mismo.

El salario mínimo vital es el piso del que deben arrancar las paritarias, así fue concebida su función y así debe ser recuperada, también así se recuperará el mercado interno. Lo demás es consolidar las consecuencias de la crisis de 2001.

(1) Cálculo del Centro de Estudios de la Situación y Perspectiva de la Argentina (Universidad Nacional de Buenos Aires - Facultad de Ciencias Económicas).
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