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 domingo, 09 de octubre de 2005  
En Villa quieren eliminar a los ejecutores fiscales
Si prospera un proyecto recién ingresado al Concejo, la tarea será desempeñada por gestores de cobro

Osvaldo Flores / La Capital

Villa Constitución.- Un proyecto presentado por el edil Carlos Alegre podría significar el principio del fin de los ejecutores fiscales. Si resulta aprobado, el trabajo de seguimiento de las deudas comunales estará a cargo de gestores de cobro, agentes contratados que en los últimos tres años han demostrado su eficacia.

El proyecto se presentó en el marco de la polémica por denuncias relacionadas con la intención municipal de rematar viviendas con deudas por tasas y servicios, como corolario de las acciones iniciadas en 1996 por los ejecutores fiscales.

"Nuestra intención es rediseñar un nuevo sistema de gestión de cobro acorde a los tiempos, más objetivado y desposeído de cualquier zona de decisión discrecional, en una materia que nada más y nada menos es la de la percepción de las obligaciones fiscales municipales", sostuvo Alegre.

En la legislación local existe una etapa prejudicial que está en manos de profesionales del derecho que por apoderamiento del municipio ejecutan en apremio esas deudas.

Para Alegre, el proyecto apunta a lograr "un estudio concienzudo, detallado, sistematizado de las condiciones económicas, sociales, laborales de los morosos, que permita revertir la regla actual de ejecución por apremio en forma masiva, y que este juicio sea un acto de excepción".

En esa sintonía, la norma que se debate en las comisiones del Concejo dispone la nueva actuación en una instancia administrativa, que se iniciará cuando el contribuyente adeude por lo menos dos períodos vencidos. En ese momento los gestores mantendrán entrevistas personalizadas con los deudores, y hasta podrán solicitar la intervención de trabajadores sociales cuando la situación socioeconómica y capacidad de pago así lo ameriten.

Uno de los artículos del proyecto dispone que los morosos titulares de vivienda unifamiliar, desocupados que acrediten esa condición y jubilados con haber mínimo que "no se encuentren en condiciones de formalizar convenios de pago, deberán ser dictaminados como no pasible de ejecución".
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