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 miércoles, 25 de agosto de 2004

Trascendental resolución en la causa por el asesinato de Prats
La Corte decidirá la inconstitucionalidad de las leyes del perdón
El fallo sobre el militar chileno se convertirá en casotestigo para la obediencia debida y el punto final

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió ayer que los crímenes de "lesa humanidad" pueden ser investigados sin que exista una limitación temporal para la Justicia, es decir que son imprescriptibles. Este fallo podría significar un guiño del alto tribunal a favor de la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final.

En una resolución conocida ayer, el máximo tribunal revocó por mayoría la sentencia de la Cámara Nacional de Casación Penal que, por el transcurso del tiempo, había declarado extinguida la acción penal por el atentado contra el general chileno Carlos Prats y su esposa Sofía Cuthbert, ocurrido el 30 de septiembre de 1974 en Buenos Aires.

De esta manera, por cinco votos contra tres, el Máximo Tribunal consideró que los asesinatos de Prats y su esposa no prescribieron, por lo que el ex agente de la Dina, Enrique Arancibia Clavel -acusado del doble homicidio-, deberá continuar preso.

Las fuentes consultadas señalaron que el fallo de la Corte "sería un guiño" del alto tribunal a favor de la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final, ya que el fallo se asienta en la "imprescriptibilidad" de los delitos de lesa humanidad.

La mayoría estuvo conformada por los ministros Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Antonio Boggiano y Eugenio Zaffaroni, en tanto que los jueces Augusto Belluscio, Carlos Fayt y Adolfo Vázquez integraron la minoría, con distintos argumentos.

Prats, quien vivía exiliado en Buenos Aires, murió en septiembre de 1974 luego de que agentes de la Dina -la disuelta policía política del ex dictador Augusto Pinochet- colocaran un explosivo en su automóvil, según determinó la investigación judicial.

El general chileno había sido nombrado jefe del Ejército luego de que su antecesor, el general René Schneider, fuera asesinado tras un secuestro en 1970 que pretendía impedir el ascenso al poder de Salvador Allende luego de su triunfo en las urnas.

Por el hecho, el Tribunal Oral Federal Nº6 condenó a Arancibia Clavel a la pena de reclusión perpetua como miembro de una asociación ilícita agravada, por ser integrante de la Dina, y partícipe necesario en el doble homicidio.

La defensa de Arancibia Clavel apeló esa condena y logró que la Sala I de la Cámara de Casación diera por cerrado el caso, pero el gobierno de Chile planteó un recurso extraordinario que, por vía de la queja, llegó a la Corte argentina.

La Cámara de Casación había considerado que Arancibia Clavel no podía ser juzgado por "asociación ilícita agravada" porque esa figura penal no existía al momento del atentado contra los Prats, pero el gobierno de Chile sostuvo, en cambio, que el doble asesinato encajó dentro de los "crímenes de lesa humanidad".

Este criterio fue compartido ayer por la mayoría de la Corte que, en su fallo, consideró que delitos como el genocidio, la tortura, la desaparición de personas, el homicidio y cualquier otro tipo de actos dirigidos a perseguir y exterminar opositores políticos, o integrar grupos destinados para esos fines, "pueden ser considerados crímenes contra la humanidad".

Según evaluó la mayoría de la Corte, este tipo de delitos "no han dejado de ser vivenciados por la sociedad entera dada la magnitud y la significación que los atañe" y que por eso "la comunidad mundial se ha comprometido a erradicar".

Por ello, la resolución de ayer es entendida como una primera señal del Tribunal en favor de la inconstitucionalidad de las leyes del olvido, cuyo tratamiento estaba postergado por el recambio de ministros del último año.

Ahora, no restará mucho tiempo antes de una resolución que abrirá las puertas para que sigan en la cárcel más de dos centenares de represores apresados desde que el Congreso anuló las leyes de punto final y obediencia debida y la Justicia reabrió "megacausas" por violaciones a los derechos humanos como Esma y Primer Cuerpo del Ejército.

Muchos jueces federales de instrucción, como Sergio Torres y Rodolfo Canicoba Corral esperan este giro favorable de la Corte para enviar a juicio oral y público a una primera tanda de represores, con serio riesgo de ser condenados a reclusión perpetua por secuestros, torturas y asesinatos.

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La Corte falló por cinco votos a tres. Enrique Petracchi, su titular, votó con la mayoría.

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