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 jueves, 01 de junio de 2006  
La provincia también sancionará a quienes violen la prohibición de fumar
Desde el Ministerio de Salud estiman que la Legislatura aprobará el proyecto antes que termine el mes

Carina Bazzoni / La Capital

Antes de fin de mes, la provincia también establecerá duras sanciones para quienes trasgredan la prohibición de fumar en espacios cerrados, sean establecimientos públicos o privados. Como en la iniciativa que se presentó anteayer en el Concejo Municipal, el proyecto de ley provincial contempla multas para los fumadores, los titulares de los establecimientos que no acaten la norma y las firmas que publiciten productos elaborados con tabaco. Así, negarse a apagar un pucho en un bar puede llegar a costar hasta 150 pesos.

El proyecto -complementario de la ley 12.432 que establece, entre otras cosas, la prohibición de fumar en espacios cerrados- ya cuenta con el visto bueno de las comisiones de Salud y de Presupuesto del Senado santafesino, y está próxima a llegar al recinto de la Cámara alta.

Según adelantó ayer el jefe del Programa Provincial de Control del Tabaquismo, Carlos Candioti, la propuesta no tardará mucho tiempo en convertirse en ley. "Creemos que en el corto plazo va a ser aprobada", sostuvo el titular del programa que depende del Ministerio de Salud de la provincia.

Si bien el Código de Faltas santafesino ya establece sanciones para las personas que fumen en lugares prohibidos, el funcionario señaló que "se necesitan otro tipo de penas, que sean amedrentadoras, por ejemplo para el caso de las empresas que hacen publicidad de cigarrillos, ya que no se puede castigar con igual monto a un kiosquito que a una tabacalera".

La iniciativa que está en discusión en el Senado provincial establece multas de 150 pesos para quienes insistan con fumar en lugares cerrados. Un castigo que además incluirá sanciones disciplinarias si el infractor es un agente de la administración pública.

En tanto, para los titulares de los comercios, establecimientos o instituciones donde se viole la ley antitabaco en forma reiterada, las penas no bajarán de los 450 pesos.

En ambos casos, las sanciones serán mayores si en el lugar hubiera chicos de hasta 10 años de edad o mujeres embarazadas.

Además, el proyecto establece que frente a numerosas violaciones a la ley antitabaco, los jueces podrán determinar la clausura del lugar durante 10 días en la primera ocasión, y de 20 a 30 días en las siguientes.

Para evitar las penas, los responsables de estos locales deberán demostrar que intentaron por todos los medios que se cumpla la normativa provincial, incluso "pidiendo el auxilio de la fuerza pública", en el caso de que el fumador se niegue a apagar el cigarrillo.

El director del programa provincial aclaró que "la ley no busca perseguir a los fumadores", sino "evitar las 400 muertes de fumadores pasivos que se producen por año y hacer prevención de los daños causados por el tabaquismo".
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