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 domingo, 22 de julio de 2007  
Le dan 16 años de cárcel por cometer un crimen cuando todavía era menor

María Laura Cicerchia / La Capital

Un joven de 20 años que cuando era menor de edad mató de siete tiros al cadete de una farmacia por no poder robarle la moto fue condenado a 16 años de prisión por ese y otros delitos cometidos en su adolescencia. El juez de Menores Jorge Cartelle consideró que ante el grave daño provocado, el chico debe asumir una sanción que le permita comprender su responsabilidad. Pero moderó la pena prevista para ese mismo delito cuando queda en un intento.

   Con esos fundamentos le impuso 16 años de prisión a Maxi O., un chico que a los 17 años mató al cadete Damián Céspedes al no poder robarle la moto en el barrio Carlos Casado. El joven fue considerado autor de un homicidio criminis causa, es decir, de una muerte cometida para lograr impunidad al no concretar el robo.

   Ocurrió el 22 de noviembre de 2003 cuando el cadete de farmacia, de 24 años, hizo una pausa en su reparto para acomodar unos papeles en la riñonera. Fue en la confluencia de las calles Gaboto, Carlos Casado y Londres. En ese momento, de un carro que avanzaba por el lugar bajó un pibe que intentó robarle la moto con un arma y, ante la resistencia del cadete, forcejearon.

   El atacante desistió del asalto, pero cuando se retiraba lo mató de siete balazos para seguir viaje en el carro sin llevarse nada. En cuestión de horas y a sólo un par de cuadras de allí fue detenido Maxi, que entonces tenía 17 años, cirujeaba como sus hermanos y vivía en una familia humilde. Tras la investigación penal del caso, en noviembre de 2005 fue declarado autor del crimen.

   La causa que se le siguió a Maxi se convirtió en el epicentro de un debate judicial sobre la necesidad o no de aplicar pena a menores de edad que cometen graves delitos.



Debate. El régimen penal de menores prevé la posibilidad de condenar a jóvenes de entre 16 y 17 años cuando terminan el tratamiento tutelar. A partir de entonces debe pasar al menos un año para evaluar la evolución del chico antes de decidir si se le impone o no una pena de prisión.

   Si se interpreta que está “recuperado” pueden eximirlo de la pena. De lo contrario, los jueces tienen la facultad de rebajarla. Por esa opción se inclinó Cartelle. Maxi fue declarado autor de un homicidio calificado —figura que se castiga con prisión perpetua— además de cuatro delitos contra la propiedad. Pero le rebajó la pena a 16 años.

   El caso fue el punto de partida para un planteo inédito en las fiscalías rosarinas. En mayo el fiscal Ismael Manfrín solicitó la pena de 25 años de cárcel para el joven en función de la gravedad del delito y su “alto grado de responsabilidad” en un crimen cometido casi como una ejecución.

   El encargado de la acusación fue aún más lejos. Consideró que no es obligatorio aplicar penas atenuadas para los adolescentes que quiebran la ley y que se les puede imponer prisión perpetua siempre que contemplen la excarcelación. Este requisito es exigido por normas internacionales para disponer sobre la situación de los jóvenes inmersos en el sistema penal.

   El fiscal no se inclinó en este caso por la pena máxima porque Maxi está acusado de un delito que no prevé excarcelación. Por eso solicitó 25 años de prisión para el pibe, que mientras estuvo internado en el Irar no se sumó a las fugas masivas que se produjeron en el devastado instituto. Durante su internación, además, completó la escolaridad hasta noveno año de EGB.

   Esos elementos llevaron a su defensor y a la asesora de menores a solicitar que no se le aplique pena. Remarcaron que no era necesario.



Evaluación. El fallo del juez Jorge Cartelle giró en torno a definir si era necesario o no condenarlo, porque la responsabilidad del chico en el asesinato ya estaba declarada. Si bien evaluó que el resultado de la intervención tutelar fue bueno, consideró que la pena es necesaria ante la gravedad del delito, lo irreparable del daño, los antecedentes del joven y la impresión que le causó en un encuentro personal.

   Si bien se pronunció distante de la mirada que reclama penas altas para los jóvenes, indicó que caer en la postura contraria sería “ingenuo e inoperante” y generaría sensación de impunidad. Entendió que la pena en este caso es necesaria porque hace al rol de prevención del sistema de menores: “hacerles notar lo ilícito de su obrar”. “Que la sanción tienda a resocializar al menor no significa que no haya sanción”, evaluó Cartelle, quien sostuvo que la pena debe contemplar posibilidades de recuperación para los pibes condenados. l
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