| domingo, 19 de septiembre de 2004 | Código de penas de la Confederación El tribunal disciplinario de la Confederación Argentina de Básquetbol (Cabb) informó que la pena de multa que se aplique a entidades, jugadores, directores técnicos y otras personas señaladas en este código deberá cancelarse dentro del plazo que disponga el organismo en la resolución respectiva. Una vez terminado el plazo otorgado y hasta tanto no se haga efectivo el pago de la multa aplicada, estará inhabilitada la entidad o persona sancionada.
enviar nota por e-mail | | |