| sábado, 20 de marzo de 2004 | Las razones esgrimidas por el magistrado Rodolfo Canicoba Corral sostuvo ayer que "el terrorismo de Estado más cruel que se conociera en la historia argentina encontró en la impunidad su mejor aliado" representado en las leyes de punto final y obediencia debida y en los indultos de Carlos Menem.
Mediante las normas en favor de presuntos represores y los indultos presidenciales el "Estado extinguió los enjuiciamientos pendientes por graves violaciones a derechos humanos, renunció a la verdad y frustró definitivamente el derecho a una investigación judicial imparcial y exhaustiva", consideró el juez.
A continuación se reproducen parte de los argumentos de Canicoba para anular los indultos menemistas:
* "La Constitución sanciona con una nulidad insanable aquellos actos que constituyan una concentración de funciones y un avasallamiento de las garantías individuales".
* En la dictadura los secuestros en "centros clandestinos de detención, las torturas, condiciones inhumanas de vida y homicidios" fueron "sólo una de las manifestaciones del ejercicio poder tiránico que usurpó el poder entre 1976 y 1983". Se trata de hechos "insusceptibles de amnistía".
* "Amnistiar o indultar delitos de esa naturaleza" constituye una "tentativa de validar la suma del poder público, circunstancia terminantemente vedada por la ley fundamental".
* El Ejecutivo tiene el derecho de indultar penas, pero no tiene el de impedir la imposición de ellas, ni el de suprimir la acción de la Justicia. La intervención del Ejecutivo antes de la sentencia resulta incompatible con la acción independiente y armónica de los poderes del Estado.
* Los decretos de indulto cerraron arbitrariamente la posibilidad jurídica de continuar los juicios criminales destinados a comprobar los delitos, identificar a sus autores, cómplices y encubridores e imponerles sanciones penales.
* Las víctimas directas del terrorismo de Estado, sus familiares, los damnificados por las violaciones de derechos humanos y la sociedad toda vieron frustrado su derecho a un recurso, a una investigación judicial imparcial y exhaustiva.
* La Corte Suprema (en la causa contra el capitán nazi Erich Priebke) dijo que "la clasificación de los delitos contra la humanidad no depende de la voluntad de los Estados sino de los principios del derecho internacional".
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