Año CXXXVII Nº 49597
La Ciudad
Política
Información Gral
El Mundo
Opinión
Cartas de lectores
La Región
Policiales
Economía
Mundo digital



suplementos
Ovación
Turismo
Mujer
Escenario
Señales


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 09/09
Mujer 09/09
Economía 09/09
Señales 09/09
Educación 08/09
Página Solidaria 05/09
Estilo 01/09

contacto
servicios
Institucional


 domingo, 16 de septiembre de 2007  
El uso de celulares aumentó las radiaciones no ionizantes

La preocupación por las Radiaciones No Ionizantes (RNI) se extendió a escala mundial durante los últimos años debido al aumento geométrico de las líneas y aparatos de telefonía celular, que necesitan de antenas para poder funcionar.

Una encuesta de la consultora británica The Mobile World reveló semanas atrás que la cantidad de teléfonos celulares en el mundo ascenderá a fines de este año a 3.000 millones de aparatos, uno cada dos personas, y que cada minuto hay en el planeta más de 1.000 nuevas líneas.

En Argentina, el número de teléfono celulares superó los 36 millones de equipos en servicio durante los primeros siete meses del año, según datos oficiales.

Las RNI, a diferencia de las ionizantes, son radiaciones del espectro electromagnético que carecen de energía suficiente para ionizar la materia, es decir, modificar la estructura celular.

Sin embargo, la preocupación se basa en que algunos estudios privados mostraron que las RNI ejercen efectos biológicos sobre el cuerpo humano, aunque resulta controvertido afirmar que sean agentes cancerígenos directos.

Fuentes médicas sostienen que la emisión de radiación puede producir cambios eléctricos en la membrana de las células del cuerpo, alterando los flujos de iones, sobre todo el calcio, lo que puede tener efectos biológicos importantes.

Un informe difundido el último jueves por el Programa de Telecomunicaciones Móviles e Investigación de la Salud aseguró que los teléfonos celulares no suponen un peligro para la salud a corto plazo, aunque apuntó que no puede afirmar si pueden causar cáncer cerebral o si son más peligrosos para los niños.

La Defensoría porteña y los técnicos que estudiaron las denuncias de los ciudadanos consideraron que debe aplicarse el principio precautorio del artículo 4 de la ley General del Ambiente (25.675), especialmente sobre dos variables: la densidad de energía y el tiempo de exposición a las radiaciones.

La norma nacional ordena que “cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”. (DYN)
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo




  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados