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 jueves, 18 de mayo de 2006  
Fallan contra el Ministerio de Salud
Ordenan a la cartera que atienda a pacientes con sida y les suministre remedios

El Ministerio de Salud recibió un nuevo fallo que le ordena la atención de pacientes bajo apercibimiento de recibir fuertes multas, esta vez en el caso de una demanda presentada por enfermos de sida que no reciben los medicamentos para continuar con el tratamiento.

La sentencia, emitida el viernes y conocida ayer, fue dictada por el juez en lo civil y comercial federal Luis María Márquez, tras una demanda presentada por un grupo de pacientes bajo el patrocinio del Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels).

El magistrado, que también ordenó al organismo que conduce Ginés González García la atención de un discapacitado, advirtió que en caso de incumplir la sentencia el estado nacional será pasible de recibir "una multa diaria de 500 pesos a favor de cada paciente".

En Argentina reciben esos medicamentos más de 25 mil personas, quienes obtienen sus tratamientos del banco de drogas de la cartera sanitaria.

El sábado pasado se conoció que la demanda de los pacientes, acompañados por el Cels, había sido presentada, pero no había trascendido el fallo que emitió el juez Márquez al que esta agencia tuvo acceso a través de fuentes vinculadas a la causa.

El fallo en cuestión ordenó al ministerio que "deberá adoptar de inmediato las medidas necesarias para regularizar y mantener en lo sucesivo el suministro de las prestaciones medicinales relativas al tratamiento del síndrome de inmunodeficiencia adquirida".

El objetivo de la resolución apunta a que se "posibilite hacer entrega a toda persona beneficiaria y contra la sola presentación de receta, de la medicación indicada por su médico tratante relacionada con el sida, o cualquier otra enfermedad afín o derivada de ese mal".

"Ello deberá cumplirse en las farmacias habilitadas a tal efecto, siendo carga de cada peticionario acudir a la dependencia para el retiro de la medicación", continuó.

Estas disposiciones fueron realizadas "bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de realizar una nueva denuncia penal girándose las actuaciones al Juzgado que ya fuera asignado a fin de que se investigue la posible comisión de los delitos de desobediencia y de incumplimiento de deberes del funcionario público".

Asimismo, el fallo alerta sobre la posibilidad de enfrentar una demanda por "abandono de persona o denegatoria de asistencia". (DyN)
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