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 jueves, 28 de diciembre de 2006  
El fallo. La Corte avaló la pesificación de la economía. La sentencia impacta en 50 mil ahorristas
Depósitos: los bancos pueden devolver pesos pero a su cotización en dólares
El máximo tribunal consensuó un dictamen que pretende clausurar los reclamos iniciados en 2002

La Corte Suprema de Justicia avaló ayer la pesificación general de la economía y admitió que los bancos devuelvan en pesos la totalidad de los depósitos que en su momento quedaron atrapados en el corralón, pero a una cotización que respeta el valor de mercado de la moneda estadounidense.

Con este fallo, el alto tribunal busca poner fin a los reclamos judiciales iniciados por cerca de 50.000 ahorristas afectados por la pesificación. La medida, según se encargó de subrayar la Corte, no tiene efecto sobre quienes aceptaron otras alternativas propuestas por el gobierno o no hicieron juicio en reclamo de sus depósitos en dólares. Para los que ya percibieron parte de los fondos pero siguieron reclamando judicialmente, el monto recibido será considerado como parte de pago.

La causa en la que se pronunció la Corte fue iniciada por el ahorrista Juan Agustín Massa contra el BankBoston, por un depósito de 184.000 dólares que recuperó en su totalidad gracias a pronunciamientos obtenidos en primera y segunda instancia.

En un comunicado de prensa, el máximo tribunal dio a conocer los aspectos centrales de la sentencia. Explicó que en el caso analizado se condenó a una entidad bancaria a devolver al ahorrista la totalidad de su depósito convertido en pesos y para ello utilizó el siguiente mecanismo:

u Se debe convertir el depósito en pesos a la relación de 1,40 pesos por cada dólar estadounidense, ajustado por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) hasta el momento de su pago.

u A ello se le deben sumar intereses del 4% anual (no capitalizable) y la tasa debe aplicarse desde el momento en que comenzaron a regir las normas que restringieron la disponibilidad o desde la fecha de vencimiento del contrato en el caso de que esta última haya sido posterior a la entrada en vigencia de tales normas o a partir del 28 de febrero de 2002.

u De esta forma, el resultado es, al momento del fallo, "equivalente al 100% del valor en dólares del depósito y lo recibido por el ahorrista será imputado como pago", señaló el comunicado.

El mecanismo de cálculo del máximo tribunal lleva la cotización dólar a la que se deben devolver los pesos a 3,22. Pero la Corte explicó que si durante la ejecución de la sentencia el resultado superara el dólar (porque aumenta el CER o la tasa de interés) se debe tomar al valor del dólar. También determinó que las costas del proceso, en primera y segunda instancia, se confirman y quedan tal cual las impuso la Cámara de Apelaciones.

La resolución fue firmada por los ministros Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco, Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, mientras que Juan Carlos Maqueda se abstuvo de votar por no coincidir con los argumentos de sus colegas y Enrique Petracchi está excusado porque tiene un plazo fijo.

En el fallo, la Corte también reafirmó "la validez constitucional de la pesificación como regla general de la economía, es decir, no hay redolarización de la economía".


Esfuerzo de consenso
El acuerdo que terminó con la firma del fallo se realizó durante la mañana y la tarde debido a que los jueces no lograban ponerse de acuerdo sobre algunos puntos.

Según el comunicado, "los ministros debatieron largamente la cuestión y llegaron a una solución coincidente, a pesar de opinar de modo diferente sobre muchos aspectos".

"La finalidad de la sentencia es buscar la paz social y mostrar que es posible un consenso sobre cuestiones tan difíciles que preocupan a la comunidad", remarcaron.

Los ministros Zaffaroni, Highton y Lorenzetti dijeron que "la regla general de la pesificación dispuesta en el bloque de emergencia es constitucional".

Todos coincidieron en que hay que proteger el derecho de propiedad del ahorrista y que en este caso, al coincidir el 100% del valor del depósito en dólares con el cálculo de la conversión, no hay lesión sobre el depositante.

Argibay, en un voto concurrente, dejó en claro que la ley 25.561 de emergencia Económica es constitucional, porque, además mantuvo el valor del 100% del depósito y que el decreto 214/02 de pesificación es inconstitucional porque disminuyó el valor del depósito.

Fayt adhirió a la idea de que se debe pagar en pesos y proteger la propiedad de los ahorristas, mientras que Lorenzetti manifestó que "la jurisprudencia de la Corte durante setenta años ha sido excesivamente tolerante con la emergencia económica".

Durante toda la jornada, los ahorristas protestaron frente al Palacio de Tribunales porque consideran que el fallo va contra sus intereses, ya que insisten en que su dinero le debe ser devuelto en la moneda original de depósito: dólares.

Hace dos años, en el "caso Bustos", la Corte convalidó la pesificación de los depósitos, aunque Zaffaroni consideró que los depósitos inferiores a 70.000 dólares debían ser devueltos en su moneda de origen y desde entonces se intentaba firmar un nuevo fallo.

Anteriormente, en 2003, la Corte de mayoría menemista había considerado que la pesificación era inconstitucional.
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Ahorristas se movilizaron ante el Palacio de Justicia.

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