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jueves,
28 de
diciembre de
2006 |
"No se trata de
redolarización"
La Corte Suprema de Justicia de la Nación "dictó una sentencia condenando a los bancos a restituir en pesos la totalidad de lo depositado por los ahorristas", refiere textualmente un comunicado oficial emitido por el máximo tribunal.
La Dirección de Prensa de la Corte distribuyó esta tarde un comunicado de prensa que detalla los puntos principales de la sentencia mediante la cual los ministros Carlos Fayt, Elena Highton, Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, pusieron fin a unas 50 mil demandas de ahorristas.
Según el parte de prensa, la Corte resolvió:
Condenar a los bancos a devolver al ahorrista la totalidad de su depósito convertido en pesos.
El mecanismo que deberán aplicar los bancos es el de convertir los depósitos a una relación de 1,40 pesos por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago y sumarle intereses del 4% anual, no capitalizable.
La tasa de interés deberá aplicarse desde el momento en que comenzaron a regir las normas que restringieron la disponibilidad.
El cómputo, según el mecanismo propuesto por la Corte, ubica cada dólar pesificado en el "equivalente al 100% del valor" de la moneda estadounidense en el mercado.
Lo recibido por el ahorrista es imputado como pago y, por lo tanto, queda en manos del ahorrista.
Si durante la ejecución de la sentencia el resultado superara el dólar (porque aumenta el CER o la tasa de interés) se debe estar al valor del dólar.
Las costas del proceso, en primera y segunda instancia, se confirman y quedan tal cual las impuso la Cámara de Apelaciones.
El fallo reafirma la validez constitucional de la pesificación como regla general de la economía. Es decir, "no hay redolarización de la economía".
Lo resuelto por la Corte se aplica a un caso judicial, es decir únicamente a quienes han iniciado demandas judiciales. Por lo tanto, no tiene efecto alguno sobre quienes aceptaron otras alternativas o no hicieron juicio.
El cálculo
Para calcular el valor en pesos al que deben devolver los depósitos en dólares los bancos, la Corte ordenó reconocer la moneda extranjera a la cotización de 1,40 pesos, más la aplicación del CER, es decir la inflación acumulada hasta la fecha, que se estima en 89,4%. También ordenó aplicar el 4% anual desde que se dictó la restricción financiera, acumulando un 21,7%. De esto resulta que la cotización para cada dólar a devolver es de 3,22%.
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