Año CXXXVII Nº 49280
La Ciudad
Política
Economía
Opinión
La Región
Información Gral
El Mundo
Escenario
Policiales
Cartas de lectores
Mundo digital



suplementos
Ovación
Salud
Página Solidaria


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 29/10
Mujer 29/10
Economía 29/10
Señales 29/10
Educación 28/10
Salud 25/10
Página Solidaria 25/10

contacto
servicios
Institucional


 miércoles, 01 de noviembre de 2006  
Admiten amparo contra el programa de salud sexual

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio ayer luz verde a una acción de amparo mediante la cual la asociación Mujeres por la Vida planteó la inconstitucionalidad del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, destinado principalmente a la prevención de embarazos no deseados.

La Corte reconoció legitimación a la entidad para impugnar el programa en defensa de "los derechos de incidencia colectiva a la vida" y revocó una sentencia de la Cámara Federal de Córdoba que, a su vez, había dejado sin efecto una resolución de primera instancia que ordenó al Ministerio de Salud y Acción Social suspender el plan "en todo el territorio nacional".

Ahora la demanda será devuelta a la Justicia cordobesa, donde se inició el pleito, para que dicte una nueva sentencia en base al reconocimiento de la Corte sobre las atribuciones de "Mujeres por la Vida" para impugnar el Programa en los tribunales.

La resolución de la Corte, que según confiaron fuentes oficiales causó conmoción en la cartera que conduce Ginés González García, fue firmada por la mayoría con la disidencia de los ministros Carmen Argibay y Ricardo Lorenzetti.

El presidente de la Corte, Enrique Petracchi, la vice Elena Highton de Nolasco y los jueces Carlos Fayt, Juan Maqueda y Eugenio Zaffaroni constituyeron la mayoría que declaró "admisible" el amparo, mientras el voto minoritario compartió el criterio de la Cámara respecto de la "falta de legitimación" de la asociación para litigar contra el programa, establecido por la ley nacional 25.673.

A raíz de este fallo, la Cámara deberá admitir el planteo de inconstitucionalidad de Mujeres por la Vida, lo cual podría determinar la suspensión del programa de salud sexual en todo el país, hasta que la Justicia dirima si el plan es violatorio de la Carta Magna.

Sucede que la Corte no se expidió todavía sobre la cuestión de fondo, es decir que no falló ni en favor ni en contra del programa. Lo que sí ha decidido es otorgar facultades a la asociación civil para promover una demanda en torno al asunto.

En principio, la Corte consideró que la pelea por los derechos reproductivos y los planes de anticoncepción del gobierno constituyen "un caso judicial". Y sostuvo que una organización civil tiene capacidad para litigar en procura de la "tutela de los derechos de incidencia colectiva a la vida, a la salud y a la patria potestad".

"En el caso estarían comprometidos el derecho de las personas por nacer", dijo la Corte, que recuerda que la asociación cordobesa argumentó que "el derecho a la salud afectado (por el programa) es el de las mujeres que, para evitar algo que como el embarazo no es una enfermedad, se verían expuestas al riesgo de las enfermedades asociadas al uso de anticonceptivos".
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo



  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados