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 sábado, 01 de octubre de 2005  
Diciembre trágico. Se confirmó el fallo en primera instancia en uno de los dos casos por las muertes de 2001
Ratificaron la condena a prisión al policía que mató a Pocho Lepratti
El agente Esteban Velázquez deberá pasar 14 años en la cárcel y la provincia indemnizar a la familia del militante asesinado con $145 mil pesos. Los Sala IV de la Cámara de Apelaciones falló en forma unánime

Maríua Laura Cicerchia / La Capital

El caso más emblemático de la represión de diciembre de 2001 en la provincia cerró ayer con un dictamen de la Cámara Penal que confirmó la condena a 14 años de cárcel contra el policía preso por la muerte del militante social Claudio Pocho Lepratti. El fallo no sólo mantuvo la pena de prisión impuesta al agente Esteban Velázquez sino que ratificó la responsabilidad del Estado santafesino en la muerte del no docente. Se trata de la primera sentencia firme por las muertes ocurridas en la provincia durante los hechos del diciembre negro. Los integrantes de la Sala IV consideraron que Velázquez fue el autor del disparo que hirió a Lepratti en la garganta, aunque bajaron de 170 mil a 145 mil el monto de la indemnización a pagar por la provincia a los familiares de la víctima.

Al cumplirse el último paso judicial para el esclarecimiento del caso Lepratti, otras causas por las muertes del "diciembre trágico" permanecen impunes. De las siete muertes ocurridas en el sur provincial entre el 19 y el 20 de diciembre de 2001, sólo dos expedientes llegaron a juicio con imputados individualizados. La de Lepratti y la de la militante comunista Graciela Acosta en Villa Gobernador Gálvez, por la que está siendo juzgado a un policía.

Tampoco se avanzó en estos cuatro años en el enjuiciamiento de los responsables políticos de la represión policial. Los sucesos previos a la caída de Fernando de la Rúa dejaron ocho muertos en la provincia. La causa penal que sondeaba qué órdenes se impartieron en esos días desde el gobierno quedó sin imputados por decisión de un juez santafesino (ver abajo). En tanto, el juez de Sentencia Nº 5 de Rosario, Ernesto Genesio, encabeza el juicio contra diez uniformados por el encubrimiento del crimen de Lepratti.

El mismo juez condenó en agosto de 2004 al agente Esteban Ernesto Velázquez a 14 años de cárcel como autor del homicidio de Lepratti. También le impuso al policía y al Estado santafesino la obligación de reparar moral y materialmente a la familia de Lepratti con una indemnización de 170 mil pesos. Este monto ahora fue reducido a 145 mil para equipararlo con los concedidos ante otras muertes violentas de jóvenes.

Aquella condena fue apelada por dos vías. Por un lado el fiscal José María Peña, quien pretendía una pena de 17 años. Por el otro, el abogado del policía, quien planteó que no estaba probado que el agente haya sido el autor del disparo letal. En los últimos días el acusado volvió a declarar y descargó responsabilidades sobre su compañero de patrulla, el sargento Rubén Darío Pérez, quien ya fue sobreseído y no puede volver a ser juzgado por la misma causa.

Pero la testigo Graciela Cappelano, quien trabajaba en la misma escuela que Lepratti, reiteró con firmeza que era Velázquez quien hirió a su compañero. Dijo que el policía que participó de la reconstrucción del hecho (es decir Velázquez), y cuya foto fue publicada al día siguiente por este diario, fue el autor del balazo.

Que esta discusión renaciera en esta instancia fue, para los camaristas, resultado de un tardío intento de la defensa por sembrar dudas y de un error procesal, ya que nunca durante la investigación se efectuó un reconocimiento en rueda de personas del imputado.

Pocho Lepratti trabajaba como ayudante de cocina en el comedor de la escuela José Serrano, en el barrio Las Flores, ubicada en España y Caña de Ambar. Era profesor de Filosofía y había sido seminarista. Su militancia se concentraba en Ludueña, donde vivía y trabajaba con grupos de jóvenes humildes. La tarde del 19 de diciembre se encontraba en el techo de la escuela observando los disturbios que ocurrían a varias cuadras de allí, en Oroño y Circunvalación, cuando pasó por la calle paralela a la Circunvalación el móvil 2270 del Comando Radioeléctrico.

El no docente comenzó a gritarles a los policías para que no tiraran porque había chicos en la escuela. "Hijos de puta, no maten a la gente", demandó. En el móvil iban tres policías. El sargento Pérez al volante, el cabo primero Marcelo Arrúa como acompañante y el agente Velázquez en el asiento trasero. Pérez y Velázquez descendieron del patrullero y efectuaron disparos. "A vos qué te pasa, la concha de tu madre", contaron los testigos que dijo Velázquez antes de tirar.

Luego, en la subcomisaría 20ª, Capelano reconoció al tirador entre el personal que allí estaba. Según la mujer, la respuesta del imputado fue: "Y nena, para qué me puteó. Aparte yo no le pegué. Se lastimó con un vidrio". Este comentario le valió uno de los agravantes considerados por los jueces al condenarlo, además del "desprecio por la vida ajena" exhibido por alguien que tenía por misión cuidarla.

Uno a uno, los jueces Guillermo Fierro, Rubén Jukic y Antonio Paolicelli rebatieron los argumentos de la defensa de Velázquez. Dijeron que el disparo no pudo haber provenido de otro lugar porque, de acuerdo con una pericia balística, el perdigón de 8 milímetros que hirió de muerte a Lepratti provino de una distancia de diez metros como la que separaba entonces a víctima e imputado.

En otro punto explicaron por qué el disparo describió una dirección de arriba hacia abajo pese a que Lepratti estaba sobre un techo y el agente en la calle. Esto se debe a la posición del militante al ser herido: se encontraba con el torso inclinado hacia adelante para ser oído por los policías.

Por último, dejaron aclarado que el propio Velázquez cargó cartuchos de plomo en la escopeta Itaka calibre 12.70 que le fue provista para el operativo, tal como había admitido el acusado en una declaración. Con esto, despejaron la duda acerca de si el agente sabía que el arma no llevaba cartuchos de goma sino munición letal. Si bien el fallo deja firme la condena, la defensa de Velázquez podría agotar una última instancia legal si -como anticipó durante el juicio- decidiera acudir a la Corte Suprema de la provincia por considerar que se vio afectada alguna garantía constitucional.
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Velázquez quiso responsabilizar por el crimen a un compañero.

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