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sábado,
24 de
noviembre de
2007 |
Abogados objetan el proyecto de nuevo Código Civil
Un grupo de abogados realizó ante la Cámara de Diputados de la provincia un duro cuestionamiento al proyecto de reformas al código civil, que –consideran-“vulnera el derecho de defensa de las partes y regula institutos ya considerados como ilegítimos por la Corte Suprema de la Nación”.
Las presentación, impulsada por los abogados del fuero local Tristán García Montaño, Juan Martín Atencio y Maximiliano García Grande, y materializada por la diputada Mónica Peralta, objeta el proyecto presentado por la Comisión Nº 6 del Plan Estratégico para la Justicia Santafesina.
“Si bien la iniciativa fue discutida en la Comisión, consideramos que el ámbito natural de debate debe ser la Legislatura, por lo que presentamos varias objeciones al proyecto así se debaten allí también” consideraron los letrados.
Una de las críticas principales se vincula a la regulación de las “medidas autosatisfactivas” que, según los abogados, vulnera el derecho de defensa y ya fueron consideradas improcedentes por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
“Este tipo de medidas implica la posibilidad de condenar a una persona sin darle lugar a defenderse, es decir, sin que pueda ser oída por el juez; lo cual es anticonstitucional y vulnera el derecho de defensa” dijo García Grande. “Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya dijo que eran improcedentes en la causa «Bustos», por lo que de aprobarse éste Código se estaría cometiendo el sinsentido de regular un instituto descalificado por el Máximo Tribunal del país” acotó García Grande.
Otra objeción fue la incorporación de un proceso ejecutivo en donde, si se reclama el cobro de títulos crediticios (por ejemplo cheque o pagaré), el demandado debe depositar el 20 por ciento de lo que se le reclama para poder defenderse, o dar un bien en garantía. “Es decir, sólo tendrán derecho de defensa aquellos que tengan disponible el dinero suficiente, o un bien, mientras que aquellos que no pueden costearlo no serán siquiera oídos por el juez” criticó García Montaño.
“Esto implica que, por ejemplo, ante una demanda basada en un pagaré falso o prescripto, el demandado sólo podrá defenderse si previamente desembolsa una suma de dinero, suma que, más allá de su entidad, en muchísimos casos le resultará inalcanzable. Es tanto como poner un precio al derecho de defensa. De este modo, el mensaje de la norma cuestionada bien puede sintetizarse así: «quien no tenga o pueda acreditar capacidad económica, que no se defienda». Honestamente, no resulta nada fácil pensar en una concepción del proceso y el Poder Judicial más autoritaria y discriminadora” concluyó García Montaño.
Los abogados remarcaron que el espíritu del proyecto de modificaciones del Código Procesal Civil y Comercial es antagónico al del nuevo Código Procesal Penal. “Mientras que el nuevo Código Procesal Penal es acusatorio; es decir, garantiza el derecho de defensa de las partes y obedece a criterios constitucionales, donde el juez es un tercero imparcial; en cambio las reformas al Código Procesal Civil obedecen a ideología inquisitorial porque vulnera los derechos de defensa de las partes” dijeron los letrados.
La presentación fue realizada por intermedio de la diputada Mónica Peralta quien “entendió que era necesario un debate sobre el tema y nos dio la oportunidad de formular nuestras opiniones del Proyecto” remarcó finalmente Atencio.
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