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 domingo, 26 de marzo de 2006  
Polémica entre Scott y el Concejo venadense

Carlos Walter Barbarich / La Capital

Venado Tuerto.— Ediles opositores al intendente Roberto Scott rechazaron el veto impuesto por el mandatario a una ordenanza que anulaba el convenio celebrado con los abogados Gabriel Albarracín y Selva Belliti. Los letrados representaron al municipio en la causa Capse SA y mediante un acuerdo sellado con la comuna, estos cobrarían honorarios si el juicio resultaba favorable al Ejecutivo; tal cómo finalmente sucedió. Por tal motivo debían cobrar cerca de 1,8 millón de pesos, pero para la oposición todo acuerdo debe pasar por el Concejo; y esto no sucedió, según denuncian.

En la última sesión del día martes seis votos de la oposición —Roberto Meier, Claudio Natali y Oscar Pieroni, de Pueblo: Lisandro Enrico y Délfor Hernández, del radicalismo, y la disidente peronista Patricia Romero— permitieron ratificar la ordenanza que anulaba el convenio de pago más allá del veto efectuado por Scott.

El matrimonio Albarracín y Belliti representaron al municipio en una causa que tenía contra la empresa constructora de la red de agua potable en la ciudad. Se trataba de Capse SA, que al poco tiempo de asumir Scott por primera vez (en 1995) se retiró de la obra tras ser denunciada por irregularidades por parte del mandatario venadense.

Tras ese acuerdo los abogados defendieron al municipio bajo la condición de no cobrar en caso de que el juicio no se ganase y percibir un porcentaje de lo que se redujese de la deuda con la firma.

Por dicho convenio entre las partes se estableció finalmente el pago de 1,8 millón de pesos en concepto de honorarios. Sin embargo los ediles opositores lo cuestionaron y por una ordenanza votada por la mayoría (Nº 3317) la regulación del pago debía realizarse a través de jueces.

Los ediles de Pueblo presentaron un proyecto de resolución elaborado por Meier que fue aprobado por los seis concejales opositores. En la norma se expone que “el veto funda el disenso en el inciso C del artículo 34 del decreto de ordenanza diciendo que el Ejecutivo tendría competencia para contratar directamente obras científicas o técnicas cuya ejecución debe confiarse a empresas o personas especializadas”.

Luego sostiene el proyecto que “sin entrar a discutir si esta contratación puede ser considerada de esta manera, esa ordenanza no se contrapone con los artículos 39 y 41 de la ley orgánica de municipalidades Nº 2.756, porque contratar en forma directa no significa que no deba cumplir con la autorización del Concejo a través del presupuesto”.


Validez
Para los ediles la cuestión es sencilla: si no se aprueba desde ese cuerpo colegiado, cualquier tipo de convenio no tiene validez y sobre esa idea rechazaron el veto de Scott a la ordenanza aprobada meses atrás en el Deliberante que anulaba el acuerdo.

Desde el oficialismo sostienen que es el Ejecutivo el que tiene potestad para celebrar convenios de ese tipo con el aliciente de que “este acuerdo se celebró en 1998 y tomó estado público a través de los medios”, según dijo Scott.


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