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 sábado, 01 de noviembre de 2003

El fallo limita el plan de procreación responsable que implementa el municipio
Un juez prohíbe distribuir píldoras de anticoncepción de emergencia
Son pastillas que se ingieren después del coito. La Justicia las consideró abortivas. Rechazo municipal

Isolda Baraldi / La Capital

La Justicia ordenó a la Municipalidad suspender la campaña de anticoncepción de emergencia que implementa la Secretaría de Salud, y le prohibió entregar folletos informativos o prescribir los fármacos promocionados para este fin. El juez civil y comercial Nº5, Ariel Ariza, hizo lugar a un amparo interpuesto por Nicolás Mayoraz en contra de este programa con el argumento de que las píldoras promocionadas son abortivas. Por su parte, el municipio envió un recurso de nulidad y de reposición en contra de la medida cautelar del juez Ariza.

La anticoncepción de emergencia se recomienda luego de un coito no deseado o problemático; por ejemplo, rotura del profiláctico, olvido de la utilización de otros métodos, desconocimiento y también en casos de violación o violencia sexual.

En estos casos los médicos pueden indicar la toma de fármacos denominados PAE (Píldoras Anticonceptivas de Emergencia), dentro de las 72 horas posteriores al acto sexual. Una posibilidad es la ingesta de Imediat-N, que cuenta con las drogas necesarias para impedir la unión del espermatozoide con el óvulo. La otra es acudir a la toma de cinco píldoras denominadas Miranova (también dentro de las 72 horas) y repetir otra dosis igual pasadas doce horas de la primera. De igual modo se puede prescribir la ingesta de cuatro pastillas de nombre Microvlar, con la misma modalidad. La eficacia de estos métodos es del 75 por ciento.

La directora del Programa de Procreación Responsable del municipio, Elda Cerrano, insistió una y mil veces que el sistema no es abortivo. "Existe una píldora que es abortiva, y que se comercializa exclusivamente en Europa y se llama RU486, pero en ningún lugar de Latinoamérica está autorizada", explicó la profesional.

Cerrano hizo hincapié en que estos métodos se denominan así "porque evitan la unión entre el óvulo y el espermatozoide, es decir que no son abortivos". En ese marco, advirtió que el principio de la vida implica un debate filosófico. "Prefiero ajustarme exclusivamente a todos los nuevos tratados científicos médicos que avalan y promueven esta metodología para prevenir justamente los abortos", destacó.


Polémica abierta
Sin embargo, en la presentación judicial Nicolás Mayoraz cuestiona estos métodos por abortivos y en ese marco asegura que son violatorios de la Constitución Nacional. "La vida misma comienza en el momento de la concepción, y estas píldoras impiden su desarrollo, es decir que se está matando a una persona", afirmó Mayoraz. El abogado aseguró que la presentación que hizo amparado en la ley 10.000 de intereses difusos fue a título personal y que no representa a ninguna entidad antiabortiva o de otro carácter.

"Defiendo a los más desprotegidos, a los que nadie tiene en cuenta, que son las persona que no han nacido", dijo. Más aún, el profesional opinó que con estos métodos se engaña a las personas. "Basta leer el prospecto que dice una falacia: allí se indica que las píldoras «impiden el embarazo», cuando debería decir que terminan con una vida", agregó.

Sin embargo, Mayoraz resaltó que su presentación no es en contra de todo el Programa de Procreación Responsable que el municipio puso en marcha desde 1996. "No estoy en contra de los métodos anticonceptivos, sino de éstos que son lisa y llanamente abortos realizados por el Estado municipal", subrayó.

En rigor, la presentación judicial objeta una modificación del Programa de Procreación Responsable por la cual se faculta a la Secretaría de Salud para prescribir y difundir la anticoncepción de emergencia. Esta ampliación se votó por unanimidad en el Concejo Municipal en el año 2001, y a partir de allí comenzó a implementarse.

Por su parte, el director de Asuntos Jurídicos del municipio, Aldo Gómez, dijo a La Capital que la medida judicial fue respondida apelando a la misma ley de intereses difusos que otorga facultades indelegables al Estado para proteger a la población.

"Por supuesto que no estamos de acuerdo con esta resolución, a la que respondimos en tiempo y forma. La Municipalidad no suspenderá estas actividades porque está resguardando la salud de la población tal como lo establece la Organización Mundial de la Salud (OMS), y todas las entidades científicas de los países adelantados", afirmó el funcionario. Así las cosas, la puja judicial promete avivar la vieja polémica sobre el derecho o no a la planificación familiar y a la anticoncepción de emergencia.

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Imediat-N, la píldora cuestinada.

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