Año CXXXV
Nº 49.618
Rosario,
martes 01 de
octubre de 2002
 
 
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Hubo modificaciones a las garantías en alquileres
Prohíben la extensión de la fianza después de la vigencia del contrato
Es una ley sancionada por el Congreso nacional. Dos especialistas explican los alcances de la medida

El Congreso de la la Nación, a través de la ley 25.628 sancionada hace pocos días, puso límites a la responsabilidad de los fiadores en materia de contrato de locaciones. "La obligación del fiador cesa automáticamente por el vencimiento del término de la locación", dice la nueva norma. En este aspecto, los abogados Fabio y Andrea Rodríguez Falguera se han referido al nuevo artículo 1582 bis incorporado al Código Civil Argentino a través de la ley aprobada por el Congreso, que señala textualmente...


La obligación del garante cesa al vencer el plazo.



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