Año CXXXVII Nº 49672
La Ciudad
Política
Economía
La Región
Opinión
Cartas de lectores
Información Gral
El Mundo
Escenario
Policiales



suplementos
Ovación


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 25/11
Mujer 25/11
Economía 25/11
Señales 25/11
Educación 24/11
Estilo 10/11
Página Solidaria 17/10

contacto
servicios
Institucional

 viernes, 30 de noviembre de 2007  
Los enfermos terminales podrán rechazar terapias en Río Negro
Se trata de evitar casos de encarnizamiento terapéutico. No es eutanasia

La Legislatura rionegrina sancionó ayer, en forma definitiva, la ley que permitirá a los enfermos terminales tomar la decisión de rechazar tratamientos médicos que les prolonguen inútilmente la vida, dentro del concepto bioético y jurídico de la muerte digna.

La norma había sido aprobada en primera vuelta el 5 de julio y recibió críticas por parte de los obispos católicos de la provincia.

“El objeto básico de la ley es que los enfermos terminales tengan una herramienta para rechazar los tratamientos médicos que prolonguen su agonía inevitable y les produzcan dolor o sufrimiento desmesurado”, sostuvo la impulsora de la ley, la legisladora oficialista y médica Marta Milesi.

La flamante ley dispone que los pacientes terminales podrán expresar “su rechazo a procedimientos quirúrgicos, de hidratación y alimentación, y de reanimación artificial, cuando sean extraordinarios o desproporcionados a las perspectivas de mejoría, y produzcan dolor y/o sufrimiento desmesurado”.

La norma establece que, para tal finalidad, “será válida la manifestación de voluntad de toda persona realizada en instrumento público y por ante escribano de registro en la que manifieste su voluntad”.

Queda también explícito que la información sobre el grado de la dolencia “será brindada por el profesional o equipo médico interviniente, con el aporte interdisciplinario que fuere necesario, en términos claros, adecuados a la edad, nivel de comprensión, estado psíquico y personalidad del paciente”.

Está previsto que cuando el paciente se encuentre incapacitado para el uso de sus facultades de conocimiento el rechazo al tratamiento de prolongación de la vida será realizado por su cónyuge, representante legal o descendiente directo.

La ley contiene una cláusula que libera de responsabilidad civil, penal y administrativa a los profesionales que actúen de acuerdo a sus disposiciones.

Objeción de conciencia. Los médicos que se desempeñan en la salud estatal podrán plantear objeción de conciencia respecto al cumplimiento de la ley. Milesi agregó que “el proyecto es una apuesta a la muerte digna, como una opción ante la encarnizamiento terapéutico, como se llama en medicina la utilización de métodos artificiales para alargar procesos de vida que se saben que son irreversibles”.

La diputada dijo que “a los médicos nos formaron equivocadamente, porque comúnmente se ve a la muerte como un fracaso y no como algo natural. La muerte digna no debe confundirse con la eutanasia, que sería literalmente la muerte inducida del paciente, sino que se trata de poner límites terapéuticos para continuar o tal vez directamente no iniciar acciones que prolongan innecesariamente la vida de un enfermo terminal”. (Télam)


enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo


Ampliar FotoFotos
Ampliar Foto
La Legislatura rionegrina (gentileza Diario Río Negro)

  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados