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 miércoles, 31 de mayo de 2006  
Editorial
Fallo ejemplar en defensa de una madre

La decisión adoptada por un tribunal barilochense de equiparar los derechos de las mamás adoptivas con los de las biológicas, pasando por encima de lo que fija la propia ley, se constituye en un valioso caso de proximidad judicial con los intereses y las necesidades de la gente.

En esta columna se ha aludido en numerosas oportunidades a la distancia con los problemas reales de la gente como una de las principales fallas de que adolece la Justicia argentina, enferma de lentitud y burocracia. Pero cuando se perciben cambios valiosos, nobleza obliga, corresponde destacarlos. El fallo de la Cámara del Trabajo de los Tribunales barilochenses que dio la razón a una madre adoptiva que reclamaba iguales derechos que las biológicas debe enmarcarse dentro de esta tendencia, que impulsa hacia el futuro en vez de anclar en el pasado.

A María Cecilia Villarroel, vecina de Bariloche, una empresa hotelera le negó la licencia que había solicitado debido a su maternidad. El argumento empleado por la compañía no brillaba por la solidaridad ni la comprensión hacia su empleada, que había adoptado un niño. Y se ceñía, fríamente, a la letra de la ley: "No existe norma vigente que contemple la licencia en caso de adopción".

La mujer no dudó y se presentó ante los estrados judiciales. Y entonces, en medida inédita, el tribunal emitió una sentencia que exhibe con nitidez el ideario que debe alimentar el arduo trabajo de los jueces: no el respeto en un sentido literal por aquello que la norma plantea, sino la interpretación y puesta en práctica del espíritu que la sostiene.

Acorde con esa línea de rasgos tan humanos, el fallo ordenó a la empresa que le concediera a la amparista noventa días de licencia por maternidad y, de manera simultánea, hizo lo propio con la Administración Nacional de Seguridad Social (Ansés) para que le otorgara la protección social vigente.

Y en un rasgo altamente valorable, también se cuestiona a la ley actual: "Aparece como absolutamente injusta y discriminatoria la distinción (entre la madre biológica y la adoptiva) que hace la autoridad de aplicación, con fundamento en las leyes vigentes". En consecuencia, "no se puede ignorar la existencia del derecho reclamado por los amparistas a que se aplique el mismo régimen de licencias y asignaciones familiares contemplados para el caso de maternidad biológica. Una decisión distinta significaría convalidar un acto de discriminación, contrario al principio de igualdad y a valores de equidad y justicia".

Elogiables fundamentos de un fallo clave. Muchas veces, y de manera ciertamente errónea, se concibe a la Justicia como un universo lejano, separado de aquel que transita el resto de los mortales por una distancia casi inconmensurable. No es así, claro: su incidencia sobre la vida de la gente es enorme. Y sólo con decisiones como la que se comenta se podrá salvar el abismo que muchas veces pareciera separar a un mundo del otro. También de ese modo, a la vez, se logrará recuperar la confianza perdida.
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