Año CXXXVIII Nº 48826
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 domingo, 31 de julio de 2005  
Manual del buen votante

1 - ¿Qué se vota el 7 de agosto? Se realizará la elección primaria provincial.

2 - ¿Qué es la primaria abierta provincial? Los partidos o frentes presentan listas que corresponden a las distintas corrientes internas en las primarias. Los votantes deben decidir en la interna de qué partido quieren participar y optar por alguna de las listas presentadas.

3 - ¿Para qué sirve la primaria? Para determinar quién representa a cada partido para los cargos ejecutivos, y para establecer el ordenamiento de la lista definitiva de cada agrupación para cargos legislativos.

4 - ¿Qué cargos se cubrirán? En este caso, concejales y jefes comunales (estos últimos sólo en algunas localidades).

5 - ¿Se podrá votar en la interna de cualquier partido? Sí, tanto los ciudadanos independientes como los afiliados a alguno.

6 - ¿Qué boletas estarán en el cuarto oscuro? Las de todas las listas de todos los partidos o frentes que se presenten.

7 - ¿Los partidos o frentes que tengan una lista única deben presentarse? Sí, porque los comicios son obligatorios tanto para los partidos como para los ciudadanos. Y por supuesto que se podrá votar a aquellos partidos que tengan una sola boleta.

8 - ¿Cómo se computan los votos a cada lista interna? Con los guarismos obtenidos por cada lista interna y utilizando el sistema proporcional D'Hont se confeccionará la lista de candidatos a concejal definitiva que llevará cada partido. En caso de que haya habido una única lista, ésta será la que vaya a la general. En el caso de los jefes comunales, quien sea el más votado será el candidato en la general, y los derrotados no podrán presentarse de ninguna manera, excepto que quien se impuso renuncie o incurra en algunas de las situaciones previstas en la ley electoral.

9 - ¿Dónde se votará? En general, en los mismos lugares en los que se votó en los últimos comicios. La confirmación sobre la mesa y el local de votación que le corresponde a cada ciudadano se puede conocer consultando el padrón definitivo en locales partidarios o la delegación local del Tribunal Electoral (Santa Fe 1950). También en internet en el sitio www.santa-fe.gov.ar

10 - ¿Es obligatorio votar en la primaria abierta provincial? Sí.

11 - ¿Qué hacer si no se desea participar de las internas partidarias? Deberán presentarse en la seccional policial más cercana o el Tribunal Electoral y completar un formulario en el cual el elector manifiesta su deseo de no votar en la primaria. El original queda en poder del elector, un duplicado va al Tribunal Electoral y el triplicado queda en la dependencia donde se hizo el trámite. En las localidades más pequeñas también se puede hacer el trámite en los juzgados comunales.

12 - ¿Hasta cuándo hay tiempo para manifestar el deseo de no votar? Hasta 48 horas antes del 7 de agosto.

13 - ¿Qué deberá hacer después de la elección quien haya manifestado no querer votar? Deberá presentarse con su DNI y el formulario que completó con anterioridad en la delegación del Ministerio de Gobierno, en la delegación de la Gobernación, en el caso de Rosario, o en los juzgados comunales en localidades pequeñas. Este segundo trámite no se hará en seccionales policiales. La presentación debe hacerse después de la primaria pero antes de la general del 23 de octubre.

14 - ¿Habrá en la provincia interna abierta para cargos nacionales? No, porque todos los partidos o frentes de la provincia acordaron listas únicas.


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