Año CXXXVIII Nº 48801
La Ciudad
Política
Economía
Información Gral
Opinión
El Mundo
La Región
Escenario
Policiales
Cartas de lectores



suplementos
Ovación
Salud
Autos


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 03/07
Mujer 03/07
Economía 03/07
Señales 03/07
Educación 02/07
Estilo 02/07
Salud 29/06
Autos 29/06
Día de la bandera 20/06

contacto

servicios
Institucional

 miércoles, 06 de julio de 2005  
Aerolínea británica condenada por "deficiente asesoramiento"

Buenos Aires- Una aerolínea británica y una agencia de viajes deberán indemnizar por "daño moral" a una pasajera que denunció un "deficiente asesoramiento" por parte de las demandadas que le impidió embarcar con destino a Italia, donde debía presentarse para ocupar un puesto de trabajo.

Fuentes judiciales dijeron que la condena fue dictada por el juez del fuero civil y comercial federal Jorge Anderson, quien responsabilizó a la empresa British Airways y a la agencia de viajes Asatej S.R.L por los perjuicios causados a Amalia Berruti.

La demandante recibirá en reparación 5.000 pesos y poco más de 800 dólares en concepto de "daño moral", pero no consiguió la indemnización por "lucro cesante" que había reclamado para compensar la pérdida del ingreso que implicaría su trabajo en Italia.

Según se desprende del fallo, la mujer había adquirido el pasaje aéreo a través de Asatej el 8 de enero de 2003, oportunidad en la que aclaró que era de nacionalidad uruguaya y que, si bien había iniciado los trámites de nacionalización en Argentina, iba a viajar con pasaporte del país vecino.

Al hacer saber su problema a la empresa, un empleado indicó que viajara con su pasaporte uruguayo, por lo que la mujer adquirió un pasaje a Italia, vía Londres por 800 dólares.

Una vez en el aeropuerto, un agente de la Dirección Nacional de Migraciones le impidió embarcar por carecer de pasaporte argentino, pese a que British Airways le permitió el preembarque sin efectuar observación alguna.

La mujer debía viajar por razones laborales ya que había logrado un contrato de trabajo como enfermera en la Cooperativa San Giuliano, en Milán, Italia, por el que recibiría, según la demanda, un total de 16.944 euros en un año.

Por eso reclamó ante la justicia una indemnización de 50.832 pesos en concepto de lucro cesante y 10 mil pesos por daño moral, además del valor del pasaje y los 18 dólares de la tasa de embarque. (Télam)
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo



  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados