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domingo,
16 de
septiembre de
2007 |
El uso de celulares aumentó las radiaciones no ionizantes
La preocupación por las Radiaciones No Ionizantes (RNI) se extendió a escala mundial durante los últimos años debido al aumento geométrico de las líneas y aparatos de telefonía celular, que necesitan de antenas para poder funcionar.
Una encuesta de la consultora británica The Mobile World reveló semanas atrás que la cantidad de teléfonos celulares en el mundo ascenderá a fines de este año a 3.000 millones de aparatos, uno cada dos personas, y que cada minuto hay en el planeta más de 1.000 nuevas líneas.
En Argentina, el número de teléfono celulares superó los 36 millones de equipos en servicio durante los primeros siete meses del año, según datos oficiales.
Las RNI, a diferencia de las ionizantes, son radiaciones del espectro electromagnético que carecen de energía suficiente para ionizar la materia, es decir, modificar la estructura celular.
Sin embargo, la preocupación se basa en que algunos estudios privados mostraron que las RNI ejercen efectos biológicos sobre el cuerpo humano, aunque resulta controvertido afirmar que sean agentes cancerígenos directos.
Fuentes médicas sostienen que la emisión de radiación puede producir cambios eléctricos en la membrana de las células del cuerpo, alterando los flujos de iones, sobre todo el calcio, lo que puede tener efectos biológicos importantes.
Un informe difundido el último jueves por el Programa de Telecomunicaciones Móviles e Investigación de la Salud aseguró que los teléfonos celulares no suponen un peligro para la salud a corto plazo, aunque apuntó que no puede afirmar si pueden causar cáncer cerebral o si son más peligrosos para los niños.
La Defensoría porteña y los técnicos que estudiaron las denuncias de los ciudadanos consideraron que debe aplicarse el principio precautorio del artículo 4 de la ley General del Ambiente (25.675), especialmente sobre dos variables: la densidad de energía y el tiempo de exposición a las radiaciones.
La norma nacional ordena que “cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”. (DYN)
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