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 martes, 28 de agosto de 2007  
Ordenan indemnizar a un travesti echado por su condición sexual
Trabajaba como peinadora y peluquera en un conocido salón del microcentro. Un juez laboral reconoció que la cesantía fue por discriminación y que hubo “daño moral”

El juez laboral de la 5ª nominación, Enrique Girardini, condenó a la propietaria de una peluquería del microcentro a pagar una indemnización en concepto de daño moral a un ex empleado al que despidió hace unos años por su condición de travesti. En un fallo extenso, donde se cita abundante jurisprudencia nacional e internacional en materia de discriminación sexual, el magistrado dio por acreditado que la sanción se dio por su identidad sexual y no por su desempeño en el puesto que ocupaba.

La sentencia todavía no está firme, ya que la estilista demandada puede recurrir a la Cámara de Apelaciones en lo Laboral para que sea revisada. No obstante, el criterio utilizado por el magistrado sienta un precedente interesante en ese fuero, porque reconoció la existencia de un daño moral a partir de un despido en el que quedó en evidencia una situación de discriminación por una cuestión relativa a la intimidad de la persona afectada.

Lo cierto es que en caso de que la resolución de Girardini quede firme, la empresaria demandada debería hacer frente a una indemnización económica cuyo monto sería superior a los 20 mil pesos, sumados los intereses devengados de aquella época, según detallaron a La Capital fuentes judiciales.

Buen trato.
Mailén (su nombre verdadero se preserva por pedido suyo) entró a trabajar en 1997 en un conocido salón del microcentro, que funciona cerca de la plaza Pringles. Según contó en su exposición judicial, en esa época ingresó al negocio oficialmente como varón y por lo tanto vestía como tal, incluso usaba el uniforme provisto por su empleadora.

Su función era entonces peluquero peinador y “tenía buen trato con la clientela”. La relación laboral duró aproximadamente tres años.

La denunciante describió con detalles en Tribunales cómo era la liquidación de haberes y los días y horarios de trabajo en la peluquería. Los problemas surgieron cuando Mailén se realizó una depilación facial y comenzó a usar el cabello largo. Y se profundizaron cuando dejó en claro su condición de travesti y su deseo de vivir y trabajar como tal, con la intención de hacerse un implante de siliconas.

El despido.
A partir de ese momento —contó Mailén— la empleadora “comenzó a coartar sus posibilidades de labor”. Hasta que un día se enteró por un compañero de trabajo “que otro peinador cubriría las funciones que habitualmente desarrollaba”. Entonces, la empleada fue a buscar explicaciones con la dueña y como respuesta recibió que eso obedecía a iba a ser despedida.

El motivo de la cesantía, según lo que puede leerse en la sentencia del magistrado, fue: “Personas ajenas al negocio consideraban que era mejor que no trabajara más porque su persona resultaba «antiestética»”. Ante esa situación, Mailén envió un telegrama a su patrona intimándola a suspender el despido de neto corte discriminatorio.

Intimidad.
“Ante vuestras amenazas de proceder a mi despido motivado en modificaciones estéticas a mi cuerpo, en cuanto se trata de una cuestión personal y dentro del ámbito de mi intimidad, constituyendo vuestra actitud de clara discriminación y violación a derechos esenciales de la persona amparados por nuestra Constitución y Tratados Internacionales y sancionados específicamente por la ley 23.592, lo intimo a que cese en vuestra actitud y se abstenga de realizar cualquier acto que implique discriminación motivada por mi apariencia física o sexual bajo apercibimiento de accionar judicialmente”, argumentó.

Ofendida.
ero todo se complicó cuando la dueña del local, sintiéndose ofendida, sostuvo que la confianza con la empleada “se había roto” y finalmente la echó. La titular del negocio expresó que nunca discriminó y que el motivo de la cesantía estaba relacionado a una baja en la atención de clientes “propia de la época del año y porque había recibido quejas”. La empleadora adujo además que la primera carta constituía “una injuria laboral grave y por lo tanto daba por terminada la relación”.

La resolución.
Fue entonces que Mailén inició un juicio cuyo final en primera instancia se conoció ayer. En un fallo extenso y minucioso, el juez en lo laboral Girardini se explayó en definiciones sobre sexo y sexualidad, citando no sólo antecedentes penales sino también obras literarias. También mencionó fallos judiciales nacionales y extranjeros que remarcaban los derechos individuales de las personas a la intimidad.

“Lo importante de la resolución judicial es que reconoce el daño moral como consecuencia de la discriminación, más allá del reclamo laboral”, afirmó la abogada patrocinante de Mailén, Carmen Maidagan, a poco de conocerse el fallo.

El juez dio por acreditado así que Mailén debe recibir un resarcimiento económico en conceptos de días trabajados, pero reconoció también la situación de discriminación que atravesó.
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