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 sábado, 09 de diciembre de 2006  
El registro inmobiliario despierta polémicas
Un especialista en temas tributarios cuestionó la eficacia de las recientes medidas de la Afip

Especialistas en temas tributarios expusieron sus dudas sobre la eficacia de las medidas dispuestas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) para combatir la subvaluación de operaciones inmobiliarias. La principal disposición es la creación de un registro de compra venta de propiedades en las inmobiliarias los especialistas dudan de lo que pueda suceder en el mercado.

Sólo se podrá escriturar una vez que el organismo emita un certificado aprobando el valor de la operación y las inmobiliarias y los propietarios de cinco o más viviendas que se ofrezcan en alquiler tendrán hasta el 16 de marzo para inscribirse en el registro único de la actividad.

El tributarista Eduardo de Loredo explicó que "siempre ha sido motivo de preocupación la existencia de precios inferiores a los reales tanto en las escrituras de venta como en los contratos de alquiler, pero al precio de venta de un inmueble será imposible determinar por la Afip dado que en él intervienen múltiples factores subjetivos de ambas partes, como el estado del inmueble y calidad de la construcción, entre otros".

Por otro lado, los especialistas descreen de la efectividad del registro de inmobiliarias ya que para los corredores "ya existe existe la obligación de inscribirse en el Registro de Corredores Inmobiliarias del Registro de Comercio".

También se pone en tela de juicio la constitucionalidad de la medida gubernamental, ya que condicionar la operación a la previa aprobación de Afip "atentaría contra la libre circulación de los bienes" subrayó el tributarista.

El plan gubernamental contempla que tanto las inmobiliarias como los particulares que ofrezcan un inmueble en venta deberán informar al organismo que pusieron en venta el bien y el valor pedido.

Una vez cerrada la operación entre las partes, el vendedor tendrá que comunicarle el valor del traspaso a la Afip, que cotejará el precio ofrecido y el precio final y en caso de considerarlo "razonable", emitirá el certificado para que el escribano formalice la escritura.

Los certificados sólo cotejarán precios de oferta y de venta.
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La Afip endureció las normas para las operaciones inmobiliarias.



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