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 sábado, 16 de septiembre de 2006  
Proyectan regular comercios de tatuajes en la provincia
Temen por el incremento de estas prácticas sin control sanitario y quieren cuidar la salud de los usuarios

Atilio Pravisani / La Capital

Santa Fe. - En la sesión del jueves último la Cámara de Diputados insistió con la sanción de una norma para regular el funcionamiento de los comercios que se dedican a grabar tatuajes y colocar piercings en el territorio provincial, estableciendo medidas sanitarias destinadas a proteger la salud de los usuarios del peligro de contagio de enfermedades de transmisión sanguínea. El proyecto, que nuevamente recibió media sanción de la Cámara baja, había perdido estado parlamentario en el Senado aunque contaba con dictámen de la comisión de Salud.

Por esa razón, Diputados aprobó ese despacho, con la expectativa de que la Cámara alta la convierta en ley a la brevedad, teniendo en cuenta la necesidad de un mayor control por el crecimiento inusitado que tuvieron las prácticas mencionadas.

La iniciativa considera al tatuaje, la micro pigmentación, la técnica de escarificación y otras análogas, como prácticas que pueden entrañar riesgo de contagio de enfermedades de trasmisión sanguínea porque a través de ellas se introducen pigmentos colorantes por medio de punciones que atraviesan la barrera de la piel o de la mucosa.

Dentro de este marco se observan también como prácticas de riesgo al perforado cutáneo o anillado de la piel, mucosa u otros tejidos corporales -técnica conocida como piercing- con el fin de colocar un objeto en la abertura obtenida.

El proyecto es de autoría de la diputada justicialista Adriana Cavuto, quien recordó a LaCapital que actualmente no existe un marco legal para el establecimiento de medidas higiénico-sanitarias en los locales donde se realizan estas actividades, lo cual conlleva un importante riesgo para la salud de la población, teniendo en cuenta que en su mayoría son adolescentes que no miden los peligros que suponen esas prácticas.

El proyecto de ley, además de establecer las medidas de profilaxis, contempla la seguridad del profesional que interviene, asegurándoles medidas preventivas para su actividad laboral, además de exigir un título habilitante que acredite los conocimientos necesarios para desarrollar la actividad.

Actualmente el Código de Faltas, en su artículo 130 establece penas de arresto o multa para quien grabe tatuajes a menores de 18 años, pero sin mencionar las otras prácticas como el piercing, la micro pigmentación o similares, acentuando aun más el vacío legal en lo que respecta a las personas discapacitadas, tema que incluye el actual proyecto.

En la norma se establecen las condiciones sanitarias que deben reunir los establecimientos donde se realicen estas artes, se fijan prescripciones que deberán observar los materiales o insumos a utilizar, disponiendo un registro de clientes donde deberán constar datos personales.
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