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sábado,
26 de
agosto de
2006 |
Cambio de ámbito. Resolución en torno a un fallo de la Corte Suprema nacional
Revisarán en Rosario la condena al ex juez Fraticelli
El secretario de la Cámara de Venado Tuerto dispuso la derivación del expediente a un tribunal de Rosario en respuesta al sistema de rotación impuesto por una acordada de la Corte provincial. Aún no se sabe qué Sala analizará el fallo
María Laura Cicerchia / La Capital
La causa contra el ex juez penal de Rufino Carlos Fraticelli y su esposa Graciela Dieser por la muerte de su hija Natalia fue remitida a los tribunales de Rosario para que la Cámara Penal de esta ciudad revise la condena a prisión perpetua impuesta a los padres de la adolescente. El traslado del expediente fue dispuesto luego de que la Corte Suprema de la provincia estableciera un mecanismo de rotación de causas con el fin de evitar que un mismo tribunal no intervenga en la investigación y la sentencia de un proceso. Este sistema fue implementado mediante una acordada y en respuesta al fallo de la Corte nacional que, al analizar el caso Fraticelli, cuestionó el procedimiento penal de la provincia porque permite que los mismos jueces realicen la instrucción y el juicio.
Así las cosas, la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario deberá revisar la condena impuesta al matrimonio a partir de una resolución del secretario de la Cámara Penal de Venado Tuerto, Abel Gustavo Furno. Los integrantes de ese tribunal quedaron inhabilitados para pronunciarse sobre el caso Fraticelli luego de que la Corte nacional planteara que pudo haber "prejuzgamiento" de su parte en el proceso contra los padres de Natalia.
Esta no es la primera vez que el expediente Fraticelli es revisado por un tribunal de Rosario. En enero de 2001, pocos meses después de la muerte de Natalia, la Cámara Penal en feria integrada por los jueces Atilio Pangia, Humberto Giménez y José Manuel Ravena (jubilado), revisó el procesamiento dispuesto a Carlos Fraticelli por el homicidio de su hija. Es que, durante la feria judicial, los jueces rosarinos tienen injerencia en otras jurisdicciones. Entonces los camaristas decidieron confirmar la resolución, a la vez que propusieron una serie de medidas para profundizar la investigación. Ahora, esos jueces no podrían volver a expedirse en el caso.
El envío de la causa a Rosario fue duramente cuestionado por el defensor del ex juez de Rufino, Carlos Edwards, quien entiende que la disposición viola principios constitucionales. El abogado presentó sobre el mediodía de ayer un escrito planteando la nulidad del traslado porque, a su criterio, viola la garantía constitucional del "juez natural". En la misma sintonía, el abogado de Dieser, Héctor Superti, afirmó que va a "articular todos los recursos necesarios para que se respete la garantía del juez natural.
En otro escrito, Edwards pidió además que se declare inconstitucional la decisión del máximo tribunal santafesino de disponer la rotación de causas cuando éstas deben ser analizadas por un tribunal de segunda instancia. El letrado considera que en la revisión de la sentencia a Fraticelli debería intervenir la misma Cámara Penal de Venado Tuerto, pero integrada por cinco conjueces (abogados designados por sorteo).
El sistema de rotación de jueces quedó instaurado tras una acordada en la cual los ministros de la Corte diagramaron un mecanismo provisorio para hacer frente a los cuestionamientos de la Corte nacional. Los integrantes del máximo tribunal santafesino dispusieron que, si un tribunal intervino en el procesamiento de un imputado, no podrá hacerlo en la sentencia porque estará afectada su imparcialidad. En el caso de Rosario, establecieron que si una sala se expidió en primer término, a la hora de revisar la condena deberá girarle el caso a la sala que corresponda según el orden de suplencia.
La situación es más compleja en las jurisdicciones donde opera un solo tribunal de apelaciones. En el caso de Venado Tuerto, los ministros plantearon que las causas revisadas por la Cámara Penal de esa localidad deberán ser remitidas a la de Rosario cuando corresponda una nueva intervención. Y eso es lo que ocurre ahora con el expediente Fraticelli.
Edwards cuestionó esta disposición al sostener que "la Ley Orgánica de los Tribunales establece que el orden de suplencias debe ser resuelto dentro de la misma circunscripción judicial. Y por respeto a la pirámide jurídica, una acordada de la Corte nunca puede oponerse a una ley".
El fallo de la Corte nacional que provocó estos movimientos en la Justicia santafesina ordenó la revisión de la sentencia a prisión perpetua impuesta a los Fraticelli como autores del crimen de su hija Natalia, quien fue encontrada muerta en su habitación el 20 de mayo de 2000. En ese dictamen, el tribunal nacional no se expidió sobre la culpabilidad o inocencia de la pareja. La resolución señaló fallas técnicas en el sistema penal santafesino que permiten que un mismo juez intervenga en dos etapas distintas del proceso, y que afectan la imparcialidad. En este caso, la Corte nacional reprochó que la Cámara Penal de Venado Tuerto haya confirmado la sentencia de los Fraticelli tras haber avalado el procesamiento.
La resolución nacional habilitó a los defensores del matrimonio a pedir su excarcelación en función del tiempo que llevan detenidos sin sentencia firme. No obstante, el domingo el juez de Sentencia, Fernando Vidal, denegó el pedido.
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El lunes se sabrá qué sala revisará la condena.
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