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 domingo, 16 de abril de 2006  
Dudoso fallo para que los jueces no paguen ganancias

Esta semana la Corte Suprema de Justicia de la Nación definió en un fallo que afecta a todas las provincias que los jueces provinciales, al igual que sus pares nacionales, están exentos de pagar el impuesto a las ganancias. Para arribar a esta resolución se aludió al principio de intangibilidad de los salarios de los magistrados, establecido en el artículo 110 de la Constitución nacional. Así, en la causa Gutiérrez contra Ansés, referida a un juez de la provincia de San Juan, que reclamó porque le estaban reteniendo el impuesto en cuestión, se decidió que ese descuento no corresponde.

Vale la pena analizar el caso porque se trata de un tema más en el que la corporación judicial actúa de un modo inaceptable, utilizando de manera mañosa un concepto sano que ha sido instituido para solucionar un problema determinado y no para la finalidad con que se pretende utilizarlo. La intangibilidad de los salarios de los jueces es una institución creada para mantener la independencia de cada uno de ellos del poder político de turno.

Así, el principio que se consagra es que no se puede disminuir el sueldo de un juez determinado para evitar que a través de esa acción se condicione la libertad de acción que debe tener el magistrado.

Vale la pena aludir al derecho individual que se preserva, pues sería difícil imaginar que el poder político pueda tener un conflicto de intereses a la vez con todos los jueces. Como máximo se podría pensar en que lo tenga con uno o con algunos. De allí que claramente el principio de intangibilidad de los sueldos de los magistrados es una creación destinada a esa salvaguarda individual de cada integrante de ella de la posible intromisión del poder político.

Explicado esto, pretender que los jueces no tienen que pagar impuesto a las ganancias con el pretexto de que disminuye sus salarios, sería como plantear que para que no se les reduzca su sueldo se les debe descontar el IVA de cada producto que compran o, llevándolo al absurdo, evitar que se les cobre la playa de estacionamiento, el cine o los cigarrillos. El salario que cobra un juez o cualquier mortal es justamente para adquirir bienes de consumo y para cumplir con las obligaciones con el Estado, cuya máxima expresión es el pago de impuestos.

Es irritante y no queda de ninguna manera claro para la ciudadanía cuál es la razón para que un juez esté exento del pago de un impuesto, situación cuya consagración se transforma en una insólita desigualdad llevada a cabo con la utilización tramposa de un sano principio constitucional, violentando flagrantemente incluso el espíritu para el cual fue consagrado.

El pago de impuestos iguala a los ciudadanos y es inconcebible que en nombre de la intangibilidad se pretenda que los ciudadanos que ocupan el lugar de magistrados, lo cual a todas luces es un honor, tengan un privilegio. Más grave es la situación cuando quienes deberían velar por la justicia utilizan de modo “injusto” un principio constitucional muy sabio y necesario, desnaturalizándolo y echando otro baldazo de desprestigio sobre la ya mansillada institución judicial.

No queda claro por qué la Corte considera que una obligación que es para todos los argentinos, como pagar impuestos, no les es aplicable a los jueces. Esta avidez de los magistrados se refleja en algunas provincias a través de la pretensión, en nombre de la intangibilidad también, de que los de los jueces sean actualizados por indexación en medio de un proceso inflacionario, desconociendo que la inflación es un fenómeno de carácter general que afecta a todos los ciudadanos por igual y que de ningún modo puede ser vista como esa presión del poder político sobre el magistrado a través del salario para torcer su independencia, que es el espíritu indudable de la institución consagrada constitucionalmente.

Muy mal le hace a la Justicia que los jueces fallen con esta arbitrariedad, estando ellos mismos de por medio. Porque nunca hay que olvidar que la esposa del César, “además de ser debe parecer”, y que es imprescindible que los fallos del máximo tribunal no estén sospechados de que son emitidos en defensa de intereses corporativos.

El fallo aludido es tan obviamente injusto que atenta no sólo contra la credibilidad de la Justicia, sino que distancia otra vez a los ciudadanos comunes de una institución clave para el desarrollo republicano. Un lujo que la Argentina no se puede dar.
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