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domingo,
09 de
abril de
2006 |
Fumadores involuntarios
Irritación de ojos, nariz y garganta es uno de los efectos agudos más comunes relacionados con la exposición al humo de tabaco en el ambiente. Inhalarlo aumenta el riesgo de contraer enfermedades, entre ellas cáncer de pulmón, en personas sanas que no fuman. Separar a éstas de los fumadores en sitios donde compartan el mismo aire _como dispone una ordenanza_ probablemente reduzca el riesgo, pero no lo elimina. La puesta en vigencia, tres meses atrás, de la ley provincial llamada "antitabaco" no ha impedido que se continúe fumando en los espacios donde está prohibido. A esta iniciativa antipucho le resta todavía aguardar que la Legislatura estudie y apruebe _o no_ una ley complementaria que establezca sanciones para los dueños y encargados de bares, restaurantes y otros lugares cerrados de atención al público que no hagan cumplir la reglamentación. Pero los fumadores "involuntarios" _o pasivos_ no tienen por qué esperar, ni polemizar con aquellos que, sea por individualismo, indiferencia, o simplemente por el placer de la contravención, fuman en áreas vedadas. El Código de Faltas de la provincia establece en su artículo 121: "el que fumare en lugares donde está prohibido por disposición emanada de autoridad competente será reprimido con multa de hasta un jus". El humo de tabaco ambiental es un peligro para la salud al cual nadie debería verse expuesto involuntariamente.
Carlos Alberto Parachú, LE 6.012.558
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