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 domingo, 02 de abril de 2006  
La reacción tardía como novedad

"Desde lo jurídico, este fallo es novedoso en cuanto a la consideración de la emoción violenta", opinó el abogado Guillermo Muratti, quien defendió al joven condenado por matar en ese estado. Es que, según explicó, suele entenderse que debe transcurrir un tiempo breve entre la emoción y el hecho. Pero la sentencia del juez Luis Giraudo plantea que esa reacción puede ser tardía: en este caso, "la suma de situaciones violentas generadas por la víctima durante años llevó a la conmoción de ánimo del imputado".
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