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miércoles,
11 de
mayo de
2005 |
Seis meses de prisión efectiva por no pasar alimentos a su hija
En un fallo que no cuenta con muchos antecedentes, la Justicia condenó a un hombre a seis meses de prisión efectiva por negar asistencia alimentaria a su hija después de su divorcio. Pero el cumplimiento de la condena tendrá una modalidad particular ya que, para proteger el derecho de la niña de 11 años a recibir asistencia, se dispuso que su padre, Gabriel M., pase en la comisaría sólo los fines de semana.
El hombre deberá presentarse en sede policial los sábados a las 18 y recién saldrá los lunes a las 6 de la mañana. Según explicaron fuentes del juzgado, el condenado deberá repetir esta misma rutina durante meses hasta completar el equivalente a las 180 jornadas estipuladas por la condena.
Gabriel M. tiene 39 años y es empleado gráfico. Se casó con Silvana S. en febrero de 1992 y se separó meses antes de enterarse que la mujer estaba embarazada. La niña nació el 30 de septiembre del 93 pero su papá nunca la reconoció, a pesar de que un análisis de ADN confirmó en un 99,99 por ciento su paternidad.
Estos antecedentes fueron tenidos en cuenta por el juez a la hora de dictar sentencia. Y en virtud de este abandono el magistrado estipuló una pena de prisión efectiva, sin brindarle el beneficio de la prisión condicional que generalmente se emplea para los casos de primera condena.
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