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 miércoles, 06 de septiembre de 2006  
Desaparecidos. La Justicia decidió anular el beneficio al golpista que había decretado Menem 1990
Oyarbide declaró inconstitucional el indulto al ex dictador Videla
La medida, que seguramente será apelada, derivaría en una condena al ex general por el secuestro de dos empresarios

El juez federal Norberto Oyarbide declaró ayer inconstitucional el indulto que favoreció al ex dictador Jorge Rafael Videla, en una decisión que podría derivar en una condena para el represor por el secuestro de dos empresarios en 1976.

El magistrado anuló el decreto 2741, firmado el 30 de diciembre de 1990 por el ex presidente Carlos Menem para indultar a uno de los jerarcas del golpe de Estado de 1976, quien por entonces estaba a punto de recibir sentencia en la causa por la privación ilegal de la libertad de Federico y Miguel Gutheim.

De hecho, la Fiscalía del caso había ya formulado un pedido de diez años de prisión para Videla, de 81 años y actualmente bajo arresto domiciliario en otras causas por delitos de lesa humanidad, como el Plan Cóndor y el robo sistemático de bebés.

Si la decisión tomada ayer por Oyarbide es confirmada en los tribunales de apelaciones, el proceso por el secuestro de los empresarios continuará desde el mismo punto en el que tuvo que interrumpirse y llegaría pronto a un veredicto, explicaron fuentes judiciales.

"El juez entendió que la reapertura de la causa no implica doble juzgamiento para Videla, porque no va a haber un proceso distinto o una nueva acusación sino que seguirá adelante el mismo proceso con la misma acusación", explicó la resolución a la hora de rechazar argumentos en ese sentido de la defensa del ex dictador.


Los argumentos del fallo
Para anular el indulto con que se favoreció a Videla durante el menemismo, el juez utilizó similares argumentos a los usados anteayer, cuando dictó una medida similar para con los ex ministros de Economía e Interior del Proceso, José Alfredo Martínez de Hoz y Albano Eduardo Harguindeguy, respectivamente.

El magistrado entendió que la privación ilegal de la libertad de la que fueron objeto los empresarios, liberados a los cinco meses de su secuestro, se enmarca en delitos de lesa humanidad imprescriptibles y, por ende, "no indultables".

El ex integrante de la primera junta militar de la dictadura está acusado de un delito imprescriptible que no puede ser amnistiado, en base a pactos internacionales suscriptos por el país e incorporados a la Constitución, sostuvo el juez.

"El Poder Ejecutivo se arrogó en la dictadura la potestad sobre la fortuna y vida de los ciudadanos, que según el artículo 29 de la Constitución no pueden quedar a merced de un solo poder del Estado", explicaron fuentes del juzgado.


Los hechos
El 5 de noviembre de 1976, la dictadura firmó el decreto 2840 donde puso a disposición del Poder Ejecutivo a los empresarios Federico y Miguel Gutheim debido a la "primordial responsabilidad del gobierno en consolidar la paz interior", según el texto de la norma.

En abril de 1977 se derogó el decreto y los empresarios recuperaron su libertad, en un hecho considerado luego como un secuestro debido a que se buscó presionarlos para que su empresa algodonera realizara un contrato de exportación con Hong Kong.

Esta transacción estaba trabada por los empresarios, pero era considerada fundamental por el Ministerio de Economía que conducía Martínez de Hoz.


La condena en suspenso
Al ser indultado junto a los demás jerarcas de la dictadura, Videla cumplía una condena a reclusión perpetua impuesta en 1985 en el Juicio a las Juntas, donde se lo encontró culpable de 66 homicidios, 93 casos de torturas, 306 secuestros y 26 robos.

El ex comandante de la primera junta militar del Proceso quedó libre con el indulto dictado en 1990, una norma que ahora también analiza declarar inconstitucional la Cámara Federal en el caso de este proceso, conocido como "causa 13".

Este tribunal de apelaciones recibió y aceptó tratar un pedido para evaluar la eventual inconstitucionalidad del indulto por parte de organismos de derechos humanos.

Cuando se conozca este fallo, Videla deberá continuar cumpliendo la condena a reclusión perpetua que se le impuso en 1985, aunque por su avanzada edad seguiría gozando de su actual arresto domiciliario.
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Jorge Rafael Videla sigue con arresto domiciliario.

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