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 domingo, 11 de diciembre de 2005  
Las negociaciones internacionales en la era de la agrobiotecnología
La problemática derivada del uso y obtención de OGM cada vez pesa más en las discusiones globales sobre comercio

Victoria Arrabal

La inserción explosiva de Argentina en el mundo como productora y exportadora de soja no sólo aumentó su competitividad, también la colocó en medio de negociaciones acerca del uso de variedades transgénicas y su propiedad intelectual.

Los problemas se refieren al cobro de regalías por el uso de semillas RR, con resistencia al glifosato, ya que el agricultor las adquiere, las siembra y al cosecharlas, destina una parte a la venta como materia prima pero otra parte la vuelve a sembrar, en lo que se denomina "reserva de semilla". Actualmente desde la biotecnología se cuestiona ese derecho a volver a usar, de manera ilimitada y gratuita, la semilla obtenida de la cosecha de una variedad protegida por propiedad intelectual y se pretende que los agricultores paguen por ese uso.

Debido a que la ley de patentes está pensada para invenciones mecánicas pero no para aquellas cuyo producto pudiera autoreproducirse, se adoptó el sistema de "derecho del obtentor". Este da la exclusividad a aquel que obtuvo la variedad para poder producirla y comerciarla, es decir que el que obtiene una cosecha de la variedad, es libre de venderla pero también de volver a sembrar. Este sistema entró en conflicto a raíz del patentamiento, no ya de variedades sino del material genético que es introducido en las especies para formar transgénicos.

Durante un seminario organizado por la Universidad Nacional de Rosario, especialistas de distintos sectores repasaron los alcances de los acuerdos internacionales en la materia. Los acuerdos sobre propiedad intelectual de la ronda Uruguay de 1994 indican que toda invención es patentable pero los países pueden no considerarlo en el caso de las plantas y los animales, aunque deben proveer algún tipo de protección. El sistema adoptado en el país es el establecido por la ley de semillas 20.247 y por la adhesión al acuerdo internacional de protección de obtenciones vegetales, conocido como convenio Upov, de 1978, al que todos los países del Mercosur están adheridos.

En 1991 se generó un nuevo convenio que no hace referencia sólo a la finalidad comercial, entendiendo que todo acto que se realice con el material de reproducción, forma parte de la exclusividad del obtentor. "Como las compañías semilleras quieren cobrar un derecho sobre el uso, pretenden que los países del Mercosur firmen este acta, que instala un sistema mucho más restrictivo porque limita el uso. Por ejemplo, la firma Monsanto, que no se ampara en este derecho del obtentor sino en derechos de patente sobre el material genético introducido en esas variedades, ha iniciado demandas contra Argentina en el extranjero", expresó Aldo Casella, representante de la Federación Agraria Argentina.


Controversias con la UE
El embajador Eduardo Ablin, en representación de la Cancillería, explicó otro aspecto de las negociaciones sobre transgénicos. En la Organización Mundial del Comercio existe una controversia con la Unión Europea por la denominada moratoria de los organismos genéticamente modificados. La UE, después de haber aprobado eventos durante varios años, en el 98 decidió no hacerlo más. "Nuestro país se está amparando en el acuerdo de medidas sanitarias y fitosanitarias de la ronda Uruguay que es el logro más importante para los países agropecuarios, porque introduce la necesidad de que la evaluación de riesgo sea científicamente incorporada, formulada y reconocida internacionalmente", expresó Ablin.

Otra negociación se relaciona con los acuerdos medioambientales que invaden aspectos comerciales, entre ellos el llamado Protocolo de Cartagena sobre bioseguridad que involucra a los organismos vivos genéticamente modificados.

El representante de la Cancillería explicó que no se puede discriminar un producto por la forma o la metodología en que fue producido y lo que se discute en la OMC, independientemente del debate medio ambiental y del derecho a la información al consumidor, es que la moratoria europea constituye un intento de congelar tecnológicamente el impulso de los organismos genéticamente modificados y de cualquier nueva tecnología en este campo, y por lo tanto, limita la capacidad competitiva que tiene Argentina como proveedor.

El especialista cree que el levantamiento de la moratoria va a producir una expansión generalizada de los organismos genéticamente modificados y va a relativizar los sistemas de trazabilidad y etiquetado que requieren un gasto importante de infraestructura.
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