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domingo,
08 de
julio de
2007 |
El límite de la defensa propia
El debate sobre los límites de la legítima defensa se actualiza cada vez que la víctima de un robo mata a quien la asalta o pretende hacerlo. En este caso, el enfoque de la Cámara Penal de Venado Tuerto fue claro: el ataque a la propiedad no justifica una respuesta armada capaz de apagar una vida.
La legítima defensa es la figura que justifica un homicidio cuando el atacante responde a una provocación previa con un medio proporcional. Para los camaristas, no es lo que ocurrió en este crimen.
“No puede aceptarse que haya existido legítima defensa en el accionar de Boja porque no se verificaba un riesgo para su integridad física. El bien jurídico que se protege en los delitos que amparan la propiedad no puede ser pretexto, en el afán de salvaguardarla, para vulnerar la vida humana. No se puede admitir que la sociedad se convierta en una jungla donde se convalida matar a quien vulnera la propiedad”, expresaron los jueces.
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