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viernes,
20 de
octubre de
2006 |
Amplían a los vecinos la
posibilidad de quejarse por
la instalación de boliches
El Concejo Municipal modificó ayer algunas particularidades del llamado Registro de Oposición
Los vecinos que vivan en las cercanías de sitios donde pretendan instalarse bares con amenización musical o boliches bailables tendrán más posibilidades de manifestar su negativa, en el caso de que los locales no cumplan con ciertos requisitos. El Concejo Municipal aprobó ayer la modificación de la ordenanza de espectáculos públicos Nº7.218 referida al denominado Registro de Oposición; una instancia de participación para consentir o rechazar la instalación de este tipo de reductos.
El cambio, hecho a partir de la propuesta del presidente del bloque Socialista, Horacio Ghirardi, apunta a ampliar el número de linderos que participen de la posible oposición y a mejorar las instancias de consulta ciudadana; esto es, garantizar fehacientemente la notificación a los vecinos y difundir la convocatoria por diversos medios.
La ordenanza de espectáculos públicos (que reglamenta la habilitación de confiterías bailables, salones de fiesta, cantinas, discotecas y cabarets-whiskerías) incluía la consulta a vecinas y vecinos de Rosario. Sin embargo, en los últimos tiempos la ciudadanía manifestó preocupación por algunas debilidades en los mecanismos de participación, situación que impulsó a Ghirardi a perfeccionar el Registro de Oposición.
En ese sentido, se modificó el tercer artículo de la normativa que establece quiénes pueden participar y cómo pueden hacerlo.
En referencia a la primera cuestión, el cambio establece que, ante el pedido de habilitación de un local, "en todos los casos se considerará que los metros lineales para el ejercicio de la oposición serán contados desde los deslindes parcelarios en todo su perímetro, de eje divisorio a eje divisorio más cercano". En otras palabras, se tomará en cuenta la opinión de la gente ubicada a 50 metros a la redonda del local correspondiente, mientras que la ordenanza vigente lo hacía a nivel lineal (sólo hacia ambos costados y al frente).
En cuanto al modo de oponerse, la modificación de la norma indica: "La manifestación de voluntad de los vecinos ante cada nueva habilitación que requiera de su consulta deberá instrumentarse a través de un Registro Público de Oposición cuya reglamentación elaborará el Departamento Ejecutivo". Se tendrán en cuenta las siguientes pautas: será gestionado exclusivamente por la autoridad municipal competente; se considerará un voto por parcela o por inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal, bastando la simple acreditación de residencia; el período abierto a consulta de oposición de los vecinos no será menor a 10 días hábiles; se deberá garantizar comunicación efectiva y constancia fehaciente de notificación al vecino; y también se deberá difundir dicho registro a través de medios gráficos de la ciudad y del sitio web oficial de la Municipalidad.
Antidiscriminación
El Concejo además aprobó ayer una modificación a la ordenanza antidiscriminación que endurece las sanciones a los lugares donde se produzcan actos de discriminación. Ahora, habrá penas que incluyen multas desde 970 a 2.000 pesos, y hasta clausuras. La iniciativa pertenece al concejal del ARI, Carlos Comi. La medida alcanza a los espectáculos, lugares abiertos al público o cualquier otro lugar "con atención y/o acceso al público en los que se produzcan actos discriminatorios o cuando se ejerza abusivamente el derecho de admisión".
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