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miércoles,
19 de
julio de
2006 |
Apelaron fallo que avaló ley que reformó Consejo de la Magistratura
Buenos Aires- El fallo de la justicia en lo Contencioso Administrativo que avaló la ley de Reforma del Consejo de la Magistratura, reduciendo su número y alterando la proporcionalidad de las representaciones, fue apelado por el abogado Ricardo Monner Sans y por el Colegio de Abogados de la Capital Federal.
Según documentación a la que accedió DyN, el fallo de la jueza Clara Do Pico que admitió la constitucionalidad de la ley de reforma fue cuestionado por sus presuntas contradicciones, ya que reconoció que “la gran perdidosa en el proyecto de la reforma es, sin duda, la abogacía” y aceptó que la disposición “puede juzgarse inconveniente... pero no es manifiestamente
inconstitucional”.
El fallo fue apelado por Monner Sans, quien inició la acción de amparo apenas horas después de que la ley fuera sancionada, y también por el Colegio de Abogados, a través de su presidente, Jorge Rizzo, representado por el letrado Miguel Angel Espeche Gil.
“¿Es o no inconveniente? Si lo es -para el pensamiento de la Jueza- debió decir que la norma era inconstitucional”, se preguntó el escrito de apelación.
El documento señaló que la jueza Do Pico reconoció que la ley “podría permitir que se quiebre el equilibrio requerido en el artículo 114 de la Constitución Nacional afectando los límites que el constituyente quiso poner al poder” en la reforma de 1994.
Pero -destaca también la apelación-, la jueza respaldó la validez de la ley porque “la posibilidad de que se quiebre el mentado equilibrio, resulta por ahora conjetural”.
“¿Quiere decir el fallo que está abierta la puerta para lo inconstitucional y que no puede ingresarse a decirlo ”hasta que no ocurra un caso concreto“? ¿Quiere decir que le da una ”recomendación“ a los que tienen que elaborar un Reglamento General? ¿Quiere decir que, de no tomarse los ”recaudos necesarios“, se abriría un nuevo debate sobre la constitucionalidad de la ley?”, insistió la apelación.
“El propósito constitucional ha quedado absolutamente maltrecho y la independencia del Poder Judicial ha quedado claramente malherida... En estos temas no pueden admitirse decisiones a medias, porque hiere el concepto del debido proceso y de la defensa en juicio”, concluyó el documento.
La ley de reforma del Consejo redujo de ocho a seis la representación de legisladores; de cuatro a tres, la de los jueces; de cuatro a dos, la de los abogados; de dos a uno, la de los catedráticos, y elimina la figura del presidente de la Corte Suprema como titular, a su vez, de ese cuerpo. (DyN)
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