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 miércoles, 29 de junio de 2005  
29 años después, otorgan status de desaparecida a una joven

Buenos Aires.- Una joven dada por muerta por un parte de la dictadura militar publicado en un diario fue catalogada por la Justicia, 29 años después, como "desaparecida", por lo que su familia podrá cobrar las indemnizaciones previstas por ley.

El caso, una nueva rémora de la dictadura, tiene como involuntaria protagonista a Liliana Alcira Malamud, sobre quien su madre carece de noticias desde el 8 de julio de 1976.

Cinco días después, el 13 de julio, un parte del Comando General del Ejército publicado en un diario de esta capital sostenía, "en el lenguaje propio de tales comunicados", que el 8 de julio Malamud -identificada como Sargenta Ana- había muerto en un "enfrentamiento armado", recordó la Justicia.

El parte indicaba que ese supuesto "enfrentamiento armado" se habría producido "en la zona de Bancalari, ruta 202, Partido de San Fernando, Provincia de Buenos Aires", donde se habrían "abatido cuatro delincuentes pertenecientes a la organización subversiva declarada ilegal en 1973".

"Cualquier publicación, por mayor veracidad que pudiera tener, carece de la idoneidad suficiente como para tener por acreditada jurídicamente la extinción de una persona", replicó la jueza civil Gabriela Scolarici ante ese recorte periodístico, único indicio sobre el destino final de Malamud.

Esa fue la última referencia que la madre de Malamud, Luba Klajner, tuvo de su hija: nunca le entregaron el cadáver y como toda prueba de la supuesta muerte figuraba un acta de defunción de una NN.

Pero de ese documento se desprende que la NN en cuestión murió "el 2 de julio de 1976", cuando la joven ni siquiera había desaparecido, y además habla de una mujer de "18 años aproximadamente", cuando Malamud tenía 23, "diferencia considerable que desvirtúa la suposición de fallecimiento", según estableció la magistrada.

La jueza Scolarici, basada sobre esas y otras pruebas, descartó la presunción de muerte de Malamud e incorporó su nombre, uno más, a la lista de personas en "ausencia por desaparición forzada", como consecuencia de la represión desatada desde el Estado entre 1976 y 1983.

Así, la madre -cuya historia trágica incluye a otra hija desaparecida, Lidia Marina Malamud, y a su esposo, Luis María Aguirre- podrá acceder al resarcimiento previsto por las leyes 24.411, 24.321 y 23.466, dictadas entre 1987 y 1994.

"Aquel propósito de hacer desaparecer a miles de personas que pensaban diferente, como los medios utilizados que consistieron en el homicidio, la tortura y el secuestro configurando un 'Terrorismo de Estado' que ninguna sociedad civilizada puede admitir, han quedado al descubierto", escribió la jueza en su fallo.

Scolarici hizo extensiva esa consideración a "la planificación secreta y los medios clandestinos utilizados, que sólo fueron conocidos muchos años después de su aplicación".

La madre de la víctima había pedido el resarcimiento en 1999, después de esperar 23 años desde que, el mismo día de la desaparición de su hija, presentó uno de los cientos de habeas corpus pidiendo por el paradero de los desaparecidos, todos con resultado negativo.

El 24 de junio pasado (fecha del fallo), casi 29 años después de los hechos, Malamud sumó un nombre más a la larga lista de desaparecidos. (DyN)


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