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 sábado, 29 de julio de 2006  
La Corte evalúa pedido de una joven para abortar
La chica tiene 19 años y es discapacitada mental. Quedó embarazada luego de ser violada por un familiar

La Suprema Corte de Justicia bonaerense comenzó ayer a analizar si autoriza el aborto a una joven de 19 años discapacitada mental, embarazada tras haber sido violada por un familiar, luego que los jueces tomaron contacto personal con la víctima, informaron fuentes judiciales.

La joven concurrió ayer a la tarde a los Tribunales de La Plata acompañada por su madre y una hermana, donde por más de una hora mantuvo contacto personal con los integrantes del máximo tribunal.

Asistida por una psicóloga de la Asesoría Pericial de la Corte y aconsejados por la profesional, los jueces se entrevistaron en tandas de dos y de tres con la joven, con la presencia de dos asesores de incapaces: una por la menor y otro en representación de la persona por nacer, dijeron las fuentes.

Tras esa diligencia, los jueces iniciaron las deliberaciones y comenzarán a votar en forma individual si autorizan o no el aborto para este caso, y el fallo que se conocería pasado mañana.


Presiones
El análisis de la causa, en la que la Corte se pronunciará por primera vez sobre la despenalización o no del aborto de un embarazo producto de una violación, se da en medio de presiones de diferentes sectores, que apoyan o rechazan esa posibilidad.

Ayer al mediodía, un centenar de mujeres marcharon hasta el edificio de los Tribunales platenses para reclamar por un "aborto legal, seguro y gratuito" y pidieron a la Corte que revoque el fallo que prohibió a la joven violada interrumpir su embarazo.

El arzobispo de La Plata, monseñor Héctor Aguer, en una carta dirigida a los medios, cuestionó la posibilidad de que se practiquen abortos y aseguró que el derecho a la vida del niño por nacer "no puede ser subordinado a convicciones eugenésicas".

El rector de la Universidad Católica de La Plata, Ricardo de la Torre, envió una nota a la Corte por la que se comprometió a "hacerse cargo del niño después de su nacimiento si la familia de la joven no quiere o no puede hacerlo".

La causa comenzó cuando la fiscal penal que investiga la violación de la discapacitada se enteró que interrumpirían su embarazo y dio intervención a la jueza de Menores Inés Siro.

La magistrada rechazó la posibilidad de que se practique un aborto a la joven, en el cuarto mes de embarazo, fallo que luego fue confirmado por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata.

Ante esa situación, la asesora de incapaces que representa a la mujer, recurrió ante la Corte, que ayer comenzó a emitir el fallo, tras el dictamen de la procuradora, María del Carmen Falbo, que se pronunció, en este caso, a favor del aborto.

En ese documento, Falbo cuestionó duramente a la Cámara de Apelaciones, a la que acusó de basarse en un sólo informe médico de la joven, "por demás escueto", y omitió valorar el "propio relato de la víctima en relación al hecho".


Un caso contemplado por la ley
Para Falbo, el caso que llegó a la Corte se encuadra en el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal, que no sanciona el aborto "producto del atentado al pudor de una mujer idiota o demente" y sostuvo que el pedido de autorización es una exigencia que la ley no requiere.

A pesar que el dictamen de la Procuración no es vinculante para los miembros de la Corte, Falbo se volcó a la doctrina que considera que el aborto no puede ser sancionado cuando es producto de una violación, mas allá del estado mental de la víctima.

"No podría admitirse una interpretación que, frente a una violación permitiera dar muerte al fruto de la concepción, ante la presunción del nacimiento de una persona insana y, a su vez, sancionar ese mismo resultado cuando se produce sobre un feto concebido por una mujer sana", detalló.

Por ello, agregó, "me veo inclinada a sostener que el artículo 86 inciso 2 exime de pena a cualquier mujer que desea no continuar con un embarazo producto de un ataque a su integridad sexual".

Falbo aclaró que su posición "no significa desconocer el derecho a la vida, sino reconocer el valor de todos los seres humanos, con las limitaciones que su condición conlleva y con lo que el ordenamiento jurídico puede exigirle a cada ser, sin destruirlo".

Ahora, la Suprema Corte deberá definir si lo prescripto en el Código Penal está en contradicción con lo establecido en la Constitución nacional y los tratados internacionales con respecto al valor de la vida humana. (Télam)
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Militantes de distintas organizaciones marcharon ayer a favor del aborto legal.


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