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 viernes, 24 de marzo de 2006  
Desnudarse en el chat no es delito, sostiene un fallo
Lo dictó un juez porteño en una sentencia sobre una joven que trabaja en una página web pornográfica

Un juez porteño rechazó una denuncia formulada por la madre de una joven de 19 años que exhibe voluntariamente su cuerpo en un sitio de chat pornográfico, porque "el trabajo que está desempeñando es parte de una elección de su esfera íntima".

El trabajo que la joven desarrolla en una empresa de internet que se dedica a ese tipo de chats "no está punido y no afecta ningún bien jurídico", por lo que "no corresponde que el derecho penal avance mediante actos procesales en el ámbito de su libertad individual", sostuvo el juez de instrucción Roberto Ponce.

El insólito caso se inició a raíz de una denuncia presentada por la presidenta de la organización Missing Children, Susana Murray, tras recibir información de la madre de la joven sobre su trabajo y denunciar los hechos ante el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del gobierno porteño y la Procuración General de la Nación. La denuncia de la madre sostenía que su hija "desde hacía cuatro meses estaría trabajando en un lugar sito en la calle Charcas al 5.100 de Capital Federal, donde estaría usando su cuerpo".

La madre dijo ante la Justicia que "no quería que trabajara más en esas condiciones", pero reconoció que su hija "no era obligada a permanecer en dicho lugar, que tenía un horario de trabajo y que finalizado se retiraba a su domicilio. Que el trabajo lo hacía porque quería y que no era obligada a ello".

El trabajo de la joven fue definido por su propia madre: "Consistía en chatear con gente de todo el mundo, pudiendo serle requerido el servicio de privado, por el cual una persona puede solicitar que le exhiba su cuerpo". La presentación aludía a la presunta comisión de los delitos de "privación ilegal de la libertad, corrupción de menores, reducción a la servidumbre" e incluso violación a la ley de profilaxis. El fiscal de la Cámara del Crimen Norberto Quantín opinó que no se podía desestimar la denuncia sin previamente escuchar en declaración testimonial a la joven.

Pero el juez Ponce entendió que escuchar a la joven "resultaría violatorio de los artículos 18 y 19 de la Constitución nacional, de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer y de la Convención Americana de los Derechos Humanos". (DyN)
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"El trabajo es de su esfera íntima", dijo la Justicia.


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