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 miércoles, 07 de noviembre de 2007  
La destacada
Cómo se cubren vacantes

Me dirijo a los cientos de abogados que han participado en el concurso para cubrir las vacantes de los juzgados comunales en la provincia. Quiero que sepan que el sistema ideado para cubrir esas vacantes facilitó la arbitrariedad en la selección de los postulantes y consolidó el amiguismo como en épocas anteriores. Como se ha colocado en primer lugar de las ternas a personas cuyos antecedentes son inferiores al resto, la Subsecretaría de Justicia, incumpliendo con lo establecido en el artículo 7º del decreto 2019/06, publicó únicamente el nombre y apellido de las personas ternadas y no los antecedentes curriculares como lo establece la norma mencionada. La publicación de los antecedentes curriculares de los ternados tiene como fin que la población y las instituciones de la provincia tomen conocimiento de quiénes son los aspirantes con posibilidades y cuáles son sus méritos para estar en ese lugar y así poder efectuar las impugnaciones, observaciones o posturas que consideren de interés expresar respecto de las personas propuestas. Como vemos, nuevamente la historia se repite como en el 2003, con la diferencia de que en esta oportunidad los amigos, los recomendados, los influyentes, las novias y los familiares son abogados.

Armando De Martín, DNI 11.446.602


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