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miércoles,
25 de
abril de
2007 |
Declaran nulos los indultos a Videla y Massera
Buenos Aires.- La Cámara en lo Criminal Federal declaró hoy la “inconstitucionalidad” del indulto otorgado por el ex presidente Carlos Menem a los ex jerarcas de la dictadura Jorge Rafael Videla y Eduardo Emilio Massera, informaron fuentes judiciales.
La resolución de la Cámara implica que recobran vigencia las penas de reclusión perpetua impuestas a los ex comandantes en el marco de la “Causa 13”, en la que se investigó la “alegada lucha contra el terrorismo vigente durante el llamado Proceso de Reorganización Nacional”.
En agosto del año 2005 se había pedido la inconstitucionalidad del indulto (firmado por Menem el 30 de diciembre de 1990) “que había beneficiado a todos los condenados, incluso los fallecidos” por la llamada “causa 13”, explicó hoy el abogado Rodolfo Yanzón, de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, promotor de aquella solicitud.
Yanzón agregó que en el pedido, realizado conjuntamente con la abogada Alicia Palmero, de la Asociación de ex Detenidos Desaparecidos, se incluyó a los fallecidos porque “esos delitos, que eran crímenes de lesa humanidad, por lo tanto imprescriptibles, son inamnistiables e imperdonables y debería entonces levantarse aquel perdón por ser inconstitucional”. “Era necesario dar vuelta ese perdón y que estos señores pasaran a la historia como condenados”, dijo también Yanzón.
Comentó que “esto significa que estas dos personas que están vivas están condenadas, dejaron de ser perdonadas. Y eso tiene una trascendencia fundamental porque fueron dos de los máximos responsables de lo que sucedió en Argentina en esa época y con mucha incidencia internacional”.
Recordó que “hace poco se discutió, y se seguirá discutiendo un pedido de extradición desde Alemania” para el ex dictador Videla y vaticinó que “seguramente la defensa de Videla va a recurrir, pero igualmente se seguirá la discusión, aunque esto es un avance importante”, recalcó.
Según Yanzón, la Corte Suprema de Justicia debería pronunciarse definitivamente, pero actualmente está estudiando el indulto que benefició a Santiago Omar Riveros, el máximo responsable en la causa “Campo de Mayo” también sobre violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura en esa dependencia militar.
En el caso de Riveros, se trata de una persona que nunca fue condenada. La importancia de este fallo de hoy es que la Cámara dispuso la inconstitucionalidad de indultos sobre condenados.
“Y eso es importantísimo porque todos estos años se discutió de que no se podía indultar a personas que no habían sido condenadas y que gozaban de la presunción de inocencia, que no eran culpables. Estas personas fueron declaradas culpables. Aún así, la Cámara Federal está diciendo que aún en este caso de culpabilidad extrema, no corresponde perdón debido al carácter gravísimo de los crímenes. Es una diferencia sustancial y un gran avance”, concluyó Yanzón.
El abogado constitucionalista Felix Loñ explicó hoy a través del canal TN de noticias que no cree que la vida cotidiana de estos ex jerarcas militares cambiará sustancialmente, porque debido a su edad, purgarían la condena en sus propios domicilios, tal como sucede en otras causas en las que han sido condenados.
La importancia de este fallo es que sienta jurisprudencia para otros casos que se vienen investigando en el país y que también estaban amparados por el indulto del ex presidente Menem. (DPA / Télam)
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