Año CXXXVII Nº 49337
La Ciudad
Política
Economía
Información Gral
El Mundo
Opinión
Escenario
La Región
Policiales
Cartas de lectores


suplementos
Ovación
Autos


suplementos
ediciones anteriores
Turismo 24/12
Mujer 24/12
Economía 24/12
Señales 24/12
Educación 23/12
Estilo 16/12
Salud 13/12
Autos 30/11
Página Solidaria 29/11
Chicos pero grandes 11/11

contacto
servicios
Institucional



 jueves, 28 de diciembre de 2006  
Por su adicción a un joven le imponen prisión domiciliaria

Un juez penal dictó el procesamiento por robo agravado a un muchacho de 20 años, pero en la misma resolución permitió que permanezca en prisión domiciliaria durante el desarrollo del proceso judicial. Lo hizo en base al criterio de que el principal problema que lo empujó a delinquir fue la adicción a las drogas y que, luego de evaluar cuidadosamente la cuestión, tiene posibilidades de no reincidir en el delito.

  El beneficio, contemplado en el artículo 346 del Código Penal y denominado técnicamente como sustitución de prisión preventiva, prevé una serie de condiciones como ser el inicio de un tratamiento de recuperación, la situación familiar, el tutelaje de alguna entidad que lo incorpore a la realización de distintas actividades y la presentación regular en los Tribunales. Así como los jueces pueden aplicar ese instituto, también están facultados para revocarlo en caso de que la persona vuelva a cometer un delito, o directamente incumpla con alguno de los puntos impuestos.

  El caso tiene que ver con Marcos O., un muchacho de 20 años, que meses atrás fue arrestado bajo la acusación de robo agravado. El episodio recayó en el juzgado de Instrucción Nº3, a cargo de Luis María Caterina. Durante la investigación, el juez llegó a la conclusión de que las pruebas comprometían al joven como autor del delito y lo procesó.

  Pero al momento de argumentar la medida, el magistrado tuvo en cuenta la situación de pobreza del muchacho y su condición de adicto, de la cual no podía zafar. Entonces hizo lugar a un pedido de la defensa para que el acusado pueda permanecer excarcelado mientras se lleva adelante el juicio. “Básicamente, en este caso puntual lo que se priorizó fue la posibilidad de recuperar al muchacho de las adicciones, que en definitiva lo empujaron a robar”, confió una fuente judicial.

Argumentos


  Entre los argumentos de la resolución, el juez tuvo en cuenta la presentación que realizaron directivos del Programa de Inclusión Social de Adolescentes y Jóvenes “Todos entran”, “dispuestos a prestar colaboración para la reinserción social del imputado”.

  Otra cuestión tenida en cuenta fueron dos estudios ambientales, uno realizado por el mismo programa y otro por la seccional de su jurisdicción. “Ambos permiten observar un grupo familiar en situación económica precaria pero que, sin embargo, aún en medio de esas dificultades ha logrado para sus hijos un nivel de escolarización acorde con sus edades, lo que resulta especialmente meritorio, si se tiene en cuenta sus medios económicos y lo numerosa de su familia”, argumentó el juez.

  Con respecto al programa “Todos entran”, el magistrado subrayó que “presenta un plan que contempla distintas alternativas teniendo en cuenta la persona y las distintas carencias que lo pueden haber llevado al delito. En el mismo se contemplan la situación educativa, su capacitación laboral, su adicción e incluso su inserción en actividades político-solidarias con un detalle de las mismas día por día”.

  Los responsables del programa deberán elevar al juzgado una constancia del cumplimiento del plan establecido para el imputado y acompañar una constancia de atención psicológica que se le brinde para el tratamiento”.
enviar nota por e-mail
contacto
Búsqueda avanzada Archivo


  La Capital Copyright 2003 | Todos los derechos reservados