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domingo,
10 de
septiembre de
2006 |
De origen francés
La Corte recordó que la reclusión por tiempo indeterminado "llegó a la Argentina como pena de deportación copiada de la ley de deportación francesa por los proyectistas de 1891, que regulaba como su precedente de 1854 la deportación a la Guayana Francesa y luego a Nueva Caledonia. Nadie sostuvo en Francia que los presos de la Guayana estuviesen sometidos a medidas de seguridad. Ni el capitán Dreyfus en la realidad histórica ni Papillon en la creación literaria fueron considerados sujetos sometidos a medidas de seguridad. No existe autor alguno que pretenda que las galeras se reemplazaron por una medida de seguridad", reseñaron los ministros de la Corte. La sentencia fue firmada por los jueces Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Maqueda, Raúl Zaffaroni, Ricardo Lorenzetti y Carmen Argibay.
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