| sábado, 09 de agosto de 2003 | Debate_on_line: Semilla de uso propio (xyz):
Ahora vamos a tener que declarar la semilla de uso propio. En los considerandos de la medida, la justifican porque dicen que los comercializadores de semilla ilegal ahora la depositan en campos para no ser detectados. Vean también que habrá que presentar los comprobantes de compra de la semilla original. ¿ustedes los vinieron guardando?
(Fresco y Batata):
El agujero mayor que tiene esto es que nadie me prohíbe como productor a sembrar los granos que yo cosecho. De modo que no me pueden multar o encanar por "atrasado".
(mauro):
Te piden último comprobante de compra de la semilla, tenga o no tenga regalías, o sea que si compraste bolsas blancas o a granel no tenés forma de justificar.
(xyz):
Lo que veo más grave es la forma solapada en que avanzan con el tema de las regalías extendidas. Los defensores de esta modalidad aducen que si no se hace así, se interrumpirá el avance en la obtención de mejores variedades. Sobre esto tengo dos comentarios:
Una vez que nos tengan agarrados con lo de la regalía y tengamos que pagarles in eternum por la semilla que estamos cosechando y volviendo a sembrar ¿por qué les va a interesar encontrar nuevas variedades, si ya tendrán la vaca atada? Una nueva variedad más productiva, resistente al glifosato a los bichos, etc. nos lleva obligatoriamente a comprarla porque de lo contrario quedamos fuera de competencia. No hace falta la regalía extendida para que se produzcan avances.
(Estanis):
Conceptualmente se podría "aceptar" el sistema de regalía extendida, sin mayores peleas o discusiones. Pero donde realmente tendríamos que intervenir como productores es en el nivel fijado para esa regalía.
(maximizador):
Si cada año aparecen cientos de variedades nuevas ¿no será porque se sigue investigando? Así que el día que se generalice el pago de regalías no vamos a saber qué variedad sembrar, de tantas que va a haber, supongo.
(Guy):
Cuando leí la nueva disposición no lo podía creer. Creo, sin ser abogado, que se puede declarar ilegal o inválida esta norma, por lo menos desde el punto de vista político por las entidades del campo.
(Estanis):
En la página del Ministerio de Economía www.mecon.gov.ar se puede ir a Infoleg y consultar la Ley de Semillas (DL -PEN 20247/73 ) y luego ir al decreto reglamentario de D-PEN -2183/96 "Excepción del agricultor" donde garantiza el uso propio y, por último, al decreto reciente 52/2003 donde permite el uso propio siempre que se conserve una boleta de compra de semilla legal en años anteriores. Creo entender que este último decreto pone fin a la venta ilegal del productor hacia sus vecinos, porque sólo estamos autorizados al uso propio.
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