El ex policía Julio Simón, más conocido como el Turco Julián, fue procesado por el secuestro y los tormentos que sufrió un matrimonio desaparecido durante la última dictadura militar. Se trata de la primera resolución de este tipo luego de que el mismo magistrado declarara hace casi un mes la nulidad de las leyes de punto final y obediencia debida. La medida fue dispuesta por el juez federal Gabriel Cavallo, quien ya había detenido y procesado a Simón por la apropiación de Claudia Poblete, quien tenía sólo ocho meses de vida cuando fue secuestrada junto a sus padres Gertrudis Hlaczik y José Liborio Poblete el 27 de noviembre de 1978. Pero, en el análisis del caso, Cavallo resolvió dejar sin efecto las leyes que exculparon a aquellos que "cumplieron órdenes" durante los años de plomo. Y, entendiendo que esa amnistía no existe, el magistrado procesó y dictó la prisión preventiva a Simón por la desaparición del matrimonio. En consecuencia, esta es la primera vez que un integrante de bajo rango de las fuerzas de seguridad que actuaron durante la dictadura queda preso por los crímenes cometidos contra desaparecidos. Las leyes de obediencia debida y punto final, sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín y promulgadas entre 1985 y 1986, extinguieron las sanciones penales por los crímenes de lesa humanidad para aquellos que "cumplieron órdenes" durante el Proceso. Fue así como los tormentos y secuestros de prisioneros adultos y la desaparición forzada de miles de detenidos ilegales dejaron de ser objeto de investigación penal. La única excepción fueron los delitos perpetrados durante esa época contra menores. Sin embargo, Cavallo dictó el 6 de marzo pasado la inconstitucionalidad y "nulidad insanable" de las denominadas leyes de la impunidad. Y, en una resolución firmada el martes y difundida ayer, resolvió culpar a Simón por la suerte que corrieron Hlaczik y Poblete, cuyo paradero todavía se desconoce. La resolución subraya que Simón, "en su calidad de miembro de la Policía Federal e integrante del grupo de tareas que dependía del Primer Cuerpo del Ejército Argentino, secuestró junto a otros funcionarios de las fuerzas de seguridad fuertemente armados a José Poblete, quien era lisiado de ambas piernas y se movilizaba en silla de ruedas". Horas después, sostiene el texto conocido a través de fuentes judiciales, secuestraron a la esposa de Poblete y a la niña, porque el matrimonio era adherente al grupo político Cristianos para la Liberación. Luego fueron llevados al centro clandestino El Olimpo. La resolución sostiene también que esos secuestros se cometieron "con pleno conocimiento de que allí serían sometidos a torturas y vejámenes y que, luego, en estado de total indefensión, su destino probable sería la eliminación física". El juez también ordenó ampliar el embargo que pesaba sobre los bienes de Simón hasta cubrir la suma de 300 mil pesos. Es que, en noviembre último, cuando fue encontrado responsable de la apropiación ilegal de Claudia Poblete, ya lo habían embargado por 100 mil pesos. La defensa de Simón, quien se negó a declarar en la causa una vez que se anularon las leyes, acusó a Cavallo de "incurrir en terreno del Poder Legislativo" y "fabricar un engendro" jurídico. Por eso, al apelar el fallo, ahora será la Cámara Federal porteña la que deberá confirmar o revocar lo dispuesto por el magistrado. No obstante, se descuenta que el tema será finalmente dirimido por la Corte Suprema de Justicia. El 20 de marzo, Juan Antonio Colores del Cerro, el otro imputado en esta causa, sufrió un pico de presión cuando estaba a punto de ser indagado. El juez sigue esperando para convocarlo a declarar. Recién entonces podrá resolver su situación procesal.
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