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 miércoles, 11 de abril de 2007  
La libre opción en el nuevo régimen de jubilaciones
Desde mañana y hasta fin de año se podrá optar por el sistema de reparto o de capitalización. La Ansés brindó un instructivo para los trabajadores que deseen realizar el traspaso

Desde mañana y hasta fin de año estará abierta la posibilidad para los trabajadores en relación de dependencia o autónomos del régimen previsional nacional de optar por el sistema de jubilación privada o estatal. Los efectos de la decisión se aplicarán desde enero próximo. Se trata de la primera gran reforma del régimen desde que en 1994 el país abandonó el sistema único estatal por otro mixto.

Frente a esta situación, desde la Superintendencia de AFJP, el Ministerio de Trabajo y la Ansés, elaboraron un informe explicativo para que los más de 14,5 millones de trabajadores y futuros aportantes puedan aclarar sus dudas. A continuación se detallan:    

  • Los actuales aportantes, entre el 12 de abril y el 31 de diciembre próximo podrán elegir libremente por el sistema de reparto o el privado.

  • Podrán volver a elegir cualquiera de los dos sistemas cada cinco años.

  • Los trabajadores que ingresen por primera vez al mercado laboral o se inscriben como trabajador autónomo pueden ejercer la opción desde el 1º de abril de 2007.

  • En esta primera oportunidad, no existirá ningún límite por edad. Después habrá un tope: se podrá realizar por última vez a los 50 años las mujeres y 55 años los hombres, o sea 10 años antes de cumplir la edad mínima de jubilación.

  • Si por alguna causa no realizan la opción dentro los 90 días corridos a partir de la fecha de ingreso al trabajo o a la de inscripción como trabajador autónomo, pasarán al régimen de reparto.

  • No es necesario ratificar la opción si no se quiere cambiar de sistema.

  • El trámite es totalmente gratuito.

  • Los trabajadores que pertenecen a regímenes diferenciales (docentes, investigadores científicos, jueces de la Nación), monotributistas u hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años, donde lo capitalizado en su AFJP sea menor a los 20 mil pesos, pasarán al sistema de reparto, salvo que expresen permanecer en la AFJP.

  • No se puede realizar, hecho el trámite ante el Correo, otro cambio dentro de los 180 días de plazo.

  • Si llega a perder el formulario completado por Internet puede volver a imprimirlo.

    Esta información y los formularios están en www.opcionjubilatoria.gov.ar.

    En este sitio, el trabajador debe ingresar su número de Cuit o Cuil. Aparecerán en la pantalla los datos personales que registra el Ansés de esa persona.

    En caso de no contar con acceso a Internet, se podrá retirar el formulario en cualquiera de las 5.000 oficinas o estafetas del Correo Argentino, gremios, municipios, ONGs y en sucursales de las AFJP.

    El segundo paso es imprimir tres copias y dirigirse a una sucursal de Correo Argentino con documento de identidad y fotocopias de 1º y 2º hoja. Allí, el empleado postal recibirá la documentación, le hará firmar al trabajador dos formularios en su presencia, los cuales tendrán validez de carta documento y le entrega el restante al trabajador sellado por el Correo, que le servirá como comprobante.

    En cambio, el Correo deberá enviar al Ansés los formularios de pedido de traspaso de sistema y recién a partir del 1º de enero de 2008 quedará efectivo el cambio de régimen.


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    El titular de la Ansés defendió los cambios al régimen jubilatorio.

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