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 miércoles, 11 de abril de 2007  
A prisión por no pasar la cuota alimentaria

Caludio González / La Capital

Un hombre que se separó de su mujer fue condenado por la Justicia a un mes de prisión de ejecución condicional tras ser hallado penalmente responsable por la comisión del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar. Si el fallo queda firme, además deberá resarcir con 8 mil pesos a su ex mujer por daño moral.

Se trata de un matrimonio con una condición económica holgada, cuya pareja se disolvió. La mujer, identificada como A.P, se desempeñaba como ama de casa y sostén familiar, y vivió en el inmueble que ambos compartían mientras duró la pareja.

Con el juicio de divorcio en trámite, y otro paralelo por alimentos, el Tribunal Colegiado de Familia Nº4 resolvió en junio de 2004 que L.A.P debía pasar a su ex mujer una cuota alimentaria provisoria de 1.200 pesos, y quedaba además a su cargo el pago de impuestos y servicios de la casa.

Pero la orden judicial fue desobedecida y las entregas se limitaron a dos cuotas de 600 pesos cada una. Los depósitos de L.A.P fueron hechos a tiempo, pero por un monto de 100 pesos cada uno.

Ante el desamparo económico por los incumplimientos, A.P inició una querella penal contra su ex marido bajo la figura de "presunto incumplimiento de deberes de asistencia familiar".


Changas y Punta del Este
La causa recayó en el juzgado penal Correccional N º 9 a cargo de Héctor Núñez Cartelle Los argumentos del demandado para evadir la orden judicial fueron que vivía de changas y de trabajos no continuos Pero durante la tramitación del juicio se comprobó que L.A.P poseía un nivel de vida que le permitía cumplir con la cuota Se comprobó que el acusado es dueño de un departamento en Punta del Este un local en una valorizada zona comercial de Rosario y un auto importado

.La pareja tiene dos hijos mayores, de los cuales uno testificó a favor de su madre.

"La mendicidad de L.A.P es rayana con el más absoluto desconocimiento de sus obligaciones procesales consistentes", dice el fallo. Y en otro párrafo refiere a que "no se pudo comprobar cuales eran los verdaderos ingresos del demandado y rentas por los alquileres de los inmuebles de su propiedad, pero no por eso se le brindan condiciones distintas que le permitan desentenderse de sus deberes de cónyuge, y precisamente en esto radica el dolo que requiere la figura".

Así, lo condenaron a un mes de prisión de ejecución condicional (si vuelve a incumplir se hace efectiva) y hacer frente a las costas del proceso por encontrarlo responsable del delito de incumplimiento de asistencia familiar. También se hizo lugar a la demanda civil, y se condenó al imputado a resarcir con 8 mil pesos más intereses a su ex mujer por el daño moral.

Además, Silvina Giménez, abogada de la mujer, destacó que L.A.P "deberá ser incluido en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios, por lo que recaerán sobre el todas las restricciones que eso implica".

El fallo, con pocos antecedentes en la Justicia local, fue apelado por el imputado, y la Cámara Penal deberá decidir en la próxima instancia.
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